La Sala Constitucional ampliada de la Corte Suprema de Justicia analizó este jueves la acción planteada por la Contraloría General de la República, para que los datos patrimoniales sigan siendo secretos. La máxima instancia judicial votó por la publicidad de las DDJJ de los funcionarios del Estado.
Antes de que la Sala Constitucional trate el tema de fondo, el actuario relator Julio Pavón leyó una presentación planteada supuestamente por un grupo de diputados, con la que se buscaba intervenir en el tema y se recusaba a los miembros de la Corte.
Durante la sesión no se hizo referencia al nombre de los legisladores, alegando que algunas de las firmas no eran legibles o no contaban con aclaración.
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Transcripción del relato del acuario:
Antes que nada, señor Presidente y señores miembros, quiero hacer referencia a una cuestión previa, sobre una presentación realizada en Secretaría el día de ayer, por unos ciudadanos que manifestaron ser diputados nacionales, que se presentaron a solicitar intervención como terceros interesados en esto autos, amparados en la disposición contenida en el artículo 66 del Código Procesal Civil.
Al respecto, señores miembros, alegan estas personas que de ser dictada la sentencia en esta instancia, disponiéndose la publicación de sus Declaraciones Juradas, ello afectaría o podría afectar directamente a sus personas. Por cuanto la instauración de la siguiente acción de inconstitucionalidad, sin que haya mediado la intervención solicitada, conculca de manera abierta el texto expuesto de la ley vigente al momento de la lipis.
Al mismo tiempo solicitaron la suspensión de los trámites procesales, haciendo referencia a lo dispuesto en el artículo 77 del Código Procesal Civil, hasta tanto se sustancie el pedido de intervención planteado.
Finalmente, concluyen su exposición presentando recusación con expresión de causa en contra del plenario, de conformidad con el artículo 20, inciso F, del Código Procesal Civil, que dispone como causal de excusación, el haber sido defensor o haber emitido opinión, dictamen o dado recomendación acerca del pleito antes o después de comenzado.
Presentación rechazada por unanimidad
Seguidamente, el titular de la Corte Suprema de Justicia explicó que la presentación de los legisladores fue informada a todos los integrantes de la sala con anterioridad y, tras intercambiar opiniones y fundamentos, decidieron por unanimidad rechazar el pedido por improcedente.
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“Los fundamentos de este rechazo a la pretensión de intervención de terceros, de personas muchas de ellas no identificadas, ya que en algunos casos, las firmas no son legibles y no cuentan con aclaración”, dijo Alberto Martínez Simón.
Sobre el mismo punto, Martínez Simón explicó que la pretendida intervención incumple requisitos básicos, puesto que los artículos 76 y 77 del Código Civil, que permiten incorporar a terceros en el proceso, establece que deberán cumplirse los requisitos propios de la promoción de las demandas como la inclusión de nombres completos y domicilio de los demandantes.
Siguiendo con los fundamentos del rechazo, el titular de la Corte señaló que la presentación se da en forma extemporánea.
Llamativa presentación
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, aseguró que si bien se le dio un tratamiento estrictamente procesal a la presentación de los diputados, la acción resulta “muy llamativa”, ya que se dio cuando se estaba por dictar una resolución.
“Quiero decir que llama muchísimo la atención que en un momento, como en el que estaba a punto de dictarse esta resolución, haya una pretendida intervención de terceros, con recusación al pleno de la Corte, en una forma que por unanimidad hemos considerado improcedente”, sentenció.
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Publicidad de las declaraciones
La Corte Suprema de Justicia votó a favor de la publicidad de las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos. La mayoría de una Sala Constitucional ampliada ya votó por el rechazo de la acción planteada por la Controlaría para que los datos patrimoniales sigan siendo secretos.
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Con esto, la Corte confirmó el fallo del Tribunal de Apelación Penal, en el amparo promovido por el comunicador Juan Carlos Lezcano en contra de la Contraloría para que le den acceso a las declaraciones juradas de bienes. A partir del fallo, la Contraloría deberá entregar al interesado accionante las declaraciones juradas, precisó el periodista de Última Hora Raúl Ramírez.
Se trata de un fallo histórico de la máxima instancia judicial, celebrado por organizaciones de la sociedad civil que advierten que la divulgación de las declaraciones juradas de todo empleado público es un hito en la lucha por la transparencia y el acceso a la información pública.