10 ene. 2025

Hacienda estima recaudación de USD 300 con el IVA e iragro a partir del 2015

El ministro de Hacienda, Germán Rojas, informó este lunes que el Impuesto a la Producción Agropecuaria (Iragro) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) recaudarán unos USD 300 para el Estado desde el 2015.

german rojas

Para el ministro de Hacienda, Germán Rojas, la Ley de Responsabilidad Fiscal modificada no sirve. | Foto: Andrés Catalán.

Rojas mencionó que el Iragro no tendrá resultados inmediatos en la economía nacional porque el Ejecutivo está terminado con los ajustes necesarios para la reglamentación y posterior implementación. Indicó que recién para el 2015 se verá con fuerza el efecto de la normativa.

Acotó que la misma ley prevé ajustes graduales, “pero eso dependerá también de los ajustes que se vaya haciendo en los sistemas. Cualquier paso que demos en ese sentido, será sobre pasos consolidados porque es una aplicación bastante compleja y que requiere mucha precisión en su aplicación”, agregó.

Detalló que con el IVA se recaudará USD 50 millones y con el Iragro USD 250 millones, por lo que a partir del 2015, se tendría un ingreso tributario de USD 300 millones más.

La generalización del IVA y la creación del Iragro, que comenzarán a implementarse desde el próximo año, permitirá incorporar a 100.000 nuevos contribuyentes, según señaló Rojas.

El Poder Ejecutivo promulgó en octubre la Ley 5061 que crea el Iragro y generaliza el IVA al sector agropecuario.

Con la generalización del IVA, el tributo alcanza ahora a los productos agrícolas, frutícolas y hortícolas en estado natural y animales vivos, de los bienes de la caza y de la pesca, vivos o no. En la legislación anterior solo estaban gravados por este tributo el aceite vegetal virgen o crudo desgomado, arroz, fideos, aceites comestibles, yerba mate, leche, huevos, carnes no cocinadas, harina y sal yodada.

La tasa aprobada es del 5%, y el Poder Ejecutivo queda autorizado a incrementar, así como a fijar tasas diferenciales entre el 5% y el 10% para todos los productos, bienes y servicios alcanzados por este tributo. La legislación anterior establecía que la tasa máxima era del 5%.

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