El hecho se registró en la ciudad de Vaquería, Departamento de Caaguazú. El ciudadano capturó al animal y lo despellejó aún vivo.
Esta acción transgrede la Ley 96/92, De Vida Silvestre, por lo que al conocerse el caso mediante un video, la entonces Secretaría del Ambiente ordenó una investigación el pasado 17 de noviembre.
Durante el proceso se pudo constatar que hubo maltrato animal hacia un espécimen silvestre, específicamente de la especie teju guasu hũ (Salvator merianae).
Al concluir el sumario administrativo, el Ministerio del Ambiente ordenó una sanción a Julián Orquiola Osorio, quien deberá abonar 5.000 jornales mínimos diarios (más de G. 406 millones), una de las más elevadas multas aplicadas por caza ilegal de animales silvestres, según informó la institución.
La investigación estuvo a cargo del Juzgado de Instrucción de Sumarios, encabezado por Víctor Rodas, de la Dirección de Asesoría Jurídica.
El artículo 37 de la Ley 96/92 prohíbe la caza, transporte, comercialización, exportación, importación y reexportación de todas las especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados que no cuenten con la expresa autorización de la autoridad de aplicación.