25 abr. 2025

Implementación gradual del registro electrónico de comprobantes. Sistema Marangatu

PREGUNTAS: En relación con la implementación de los registros electrónicos de comprobantes de ventas y compras, de ingresos y egresos en el Sistema Marangatu: ¿Quisiera saber si Ud. conoce cómo sería el proceso para el 2022, considerando el volumen de información a procesar? ¿Podría Ud. decirnos si habría algún cambio? ¿Conoce de alguna disposición al respecto? ¿Cómo afectará a los diferentes contribuyentes?

RESPUESTA: La SET ha emitido la Resolución General Nº 104/21, que tiene por objetivo establecer un orden en la implementación del registro de comprobantes establecidos en la Resol. Gral. Nº 90/21. En esta Resol. Gral. Nº 104/21, la SET separa en tres grupos a los contribuyentes para la confirmación del talón de presentación:

GRUPO 1 INTEGRADO POR:

• Los contribuyentes designados como Agentes de información, obligados a usar el software Hechauka hasta el 31/12/21.

• Contribuyentes designados en el Anexo de la RG Nº 90/21.

• Contribuyentes que se constituyeron en agentes de información en virtud de otras disposiciones legales y/o reglamentarias.

• Contribuyentes que se inscriban en la obligación 211- IVA Gral. en el 2022.

El vencimiento para la Confirmación del Talón de Presentación deberá hacerse hasta el día del vencimiento del mes siguiente del periodo fiscal a declarar, conforme al Calendario de Vencimientos de la Declaración Jurada Informativa.

GRUPO 2 INTEGRADO POR:

• Contribuyentes que cuentan únicamente con la obligación Nº 211- IVA GENERAL (que no cuenten con obligaciones del impuesto a la renta).

• Contribuyentes que cuentan con las obligaciones 211-IVA GENERAL y una de las obligaciones del IRE – Impuesto a la Renta Empresarial (700-IRE GENERAL, 701-IRE SIMPLE O 702-IRE RESIMPLE) y/o 716 IRP –RGC Impuesto a la Renta Personal y Ganancias de Capital, que no cuenten con la Obligación 715-IRP –RSP, Impuesto a la Renta Personal – Rentas del Servicio Personal.

En Periodos Fiscales Enero/Febrero/Marzo 2022 el vencimiento para la Confirmación del Talón de Presentación deberá hacerse hasta el 31 de Mayo 2022. A partir del Periodo Fiscal Abril/2022 para el Grupo 2, el registro de los comprobantes y la confirmación de la presentación deberá realizarse al mes siguiente del Periodo fiscal informado, conforme con lo previsto en el Artículo 7º de la Resol. Gral. Nº90/21.

GRUPO 3 INTEGRADO POR:

Excepcionalmente para el ejercicio fiscal 2022:

• Los Contribuyentes que cuenten con las obligaciones 715-IRP RSP y 211-IVA GENERAL solamente.

• Contribuyente que cuenten con la obligación 715-IRP RSP, obligación vigente 211-IVA GENERAL y otros impuestos a las rentas.

Para el Periodo 2022, deberán confirmar el Talón de presentación en febrero/2023. De la misma manera, los contribuyentes designados en el anexo Resol. Gral. Nº 90 /21 que cuenten con la obligación 956- Registro Anual de comprobantes y los que hayan incluido la obligación 211- IVA GENERAL durante el Ejercicio 2021 deberán confirmar el Talón de presentación en Febrero/2023. La SET dará el alta de las obligaciones según corresponda a los inscriptos en el RUC al 31/12/2021 y a los que se inscriban en el IVA GENERAL durante el Ejercicio 2022.

La implementación escalonada por sectores permitirá prever las contingencias a las que estará expuesto el Marangatu y los contribuyentes ante la carga masiva de datos.