La argumentación se dio principalmente por la independencia judicial, que se basa en la inamovilidad de los magistrados. Varios sostuvieron que la ciudadanía se merecía una Justicia independiente que dictara las resoluciones sin mirar quiénes son los que están en los juicios.
Se habló de que se llenó un vacío legal donde algunos jueces tuvieron que esperar bastante tiempo, ya que no se podían conformar las ternas para sus cargos porque los abogados no se presentaban al concurso con tal o cual magistrado. Con la ley atacada, se pudo confirmar a los mismos, aun cuando no haya terna, sino estén solo estos.
Además, tener jueces que cada 5 años tengan que ir a pedir a políticos poder integrar las ternas, con sus cargos en juego, no es bueno para que sus fallos sean justos. Citaron incluso que, durante la anterior Constitución, prácticamente al asumir un presidente, podía disponer los cambios de jueces que quisiera.
De esta manera, tenemos que la garantía de independencia de los jueces es fundamental para el buen funcionamiento de la Justicia. Que den confianza a la ciudadanía de que sus resoluciones serán justas sin ser influidos por factores externos.
En contrapartida, en estos días, ÚH publicó listas de jueces y camaristas que están afiliados a partidos políticos, y varios de ellos, incluso, votaron en las internas partidarias que se realizaron en junio del año pasado para las elecciones municipales.
A raíz de ello, la Oficina de Ética Judicial abrió una investigación preliminar. Explican que se viola el artículo 10 del Código de Ética para magistrados que habla justamente de la independencia del juez, en sus incisos 2 y 3 sobre “mantener independencia en relación a los partidos políticos...“ y ”abstenerse de realizar cualquier actividad político-partidaria...”.
Incluso, indican que también viola el artículo 238 del Código de Organización Judicial, que “prohíbe a los magistrados y funcionarios de la Administración de Justicia, cualquiera sea su jerarquía...”, “...participar de actividades políticas...” (inciso d).
Por supuesto que se debe investigar cada caso concreto. Algunos de los magistrados no habían sido electos aún al momento de las internas, por lo que no se les puede reprochar.
No obstante, al asumir el cargo, tienen que presentar en la Oficina de Ética Judicial sus pedidos de suspensión temporal de la afiliación partidaria, mientras dure el ejercicio de la magistratura.
Así, si se comprueba la responsabilidad ética, evidentemente, que la mentada independencia judicial se verá seriamente afectada. Es que ¿cómo vamos a confiar en los jueces que votaron en internas de un partido político, en los juicios que afecten justamente a estas organizaciones, sus autoridades, líderes, o los del partido contrario?
Según una de las opiniones consultivas, lo que quiere el Código de Ética es compatibilizar la conducta ética con la Constitucional, observando esta en la vida pública y privada de los magistrados, acorde con su investidura.
Lo publicado sobre la participación en internas por supuesto es un contrasentido con el fallo de la Sala Constitucional, que justamente dice que el entrar en las ternas para sus cargos, favorecerá la independencia judicial, que es el ideal que se busca en toda nación democrática.
Esperemos a ver en qué concluye la investigación preliminar a los jueces por parte de la Oficina de Ética, ya que está en juego la opinión de la ciudadanía sobre la Justicia que tiene, específicamente sobre su independencia, un punto fundamental. Incluso, si son inocentes, en este tema rige el viejo adagio, sobre que “la esposa del César, no solo debe ser casta, sino parecerlo...”.