La presentación señala que el terreno ubicado en el distrito de Curuguaty, en el departamento de Canindeyú, de más de 1.155 hectáreas, fue transferido a favor de Riquelme en el año 1975 con la presunta autorización del Instituto de Bienestar Rural (IBR). La Procuraduría sostiene que Riquelme no reunía las condiciones para ser beneficiado con la ley agraria.
El documento presentado bajo el patrocinio del procurador delegado Juan Vicente Talavera especifica que el entonces IBR, actual Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), transfirió el terreno de 1.155 has. 7.832 mts2, Finca N° 259, Padrón N° 321 a nombre de Carlos José Santacruz (socio y miembro del Directorio de Campos Morombi S.A. Comercial y Agropecuaria).
Éste, a su vez y en cadena, cinco meses después, vende y transfiere por Escritura Pública Nº 180 del 13 de mayo de 1975, a su socio comercial Blas N. Riquelme, con la supuesta autorización del Consejo del IBR, en el Expediente Nº 2.553, según consta en la Resolución Nº 550 del 23 de abril de 1.975, transcripta en la escritura pública precitada.
Pese a que existe una prohibición de vender las tierras dadas por el IBR por un lapso de 10 años.