Se trata de un reacomodo presupuestario con el que se pretende cubrir el déficit fiscal que posee la Caja Jubilatoria de los parlamentarios, considerando los millonarios beneficios económicos establecidos, que se suman a sus ya abultados sueldos percibidos durante su gestión.
privilegios. La Ley N° 6112/2018 “Del Fondo de Jubilaciones y Pensiones para miembros del Poder Legislativo de la Nación”, que fue modificada en el 2020, establece que los legisladores con dos periodos (10 años) se jubilen con el 60% de sus ingresos. Mientras sigan activos, aportan 22% a su Caja.
El cálculo del haber jubilatorio se hace a partir del monto que perciben mensualmente como parte de la dieta y gastos de representación de G. 32.774.840.
La jubilación extraordinaria, por 10 años, les habilita a cobrar G. 17.501.765, de por vida. En caso de que mueran, sus esposas o maridos heredan el 40% del beneficio.
Esto implica que los mismos estarían recibiendo cada mes G. 13.109.936, también por lo que les resta de vida.
Entre los casos más conocidos se puede mencionar el de María Teresa Contreras, viuda del ex presidente Luis María Argaña, ya fallecido.
Los que logran mantener una banca por tres periodos (15 años), se jubilan con el 80% de sus ingresos, y esto equivale a G. 23.335.687.
Los ex senadores y ex diputados deben seguir aportando un 11% para la Caja.
Actualmente, existen un total de 282 jubilados y pensionados del Congreso. 125 son los parlamentarios activos, de los cuales 45 son senadores y 80 diputados.
Algunos de ellos ya están completando entre dos y tres periodos, lo que les permitirá acceder a este beneficio, y en contrapartida, también existen varios clanes de jubilados.
INICIATIVA. En el portal web de la Justicia Electoral, la Iniciativa Ciudadana “Cortemos la Jubilación VIP Parlamentaria”, las firmas superaron las 20.000 y siguen sumando.
Cuando alcance las 50.000 firmas, será presentada al Congreso Nacional como proyecto de ley a ser estudiado. La iniciativa establece abrogar (derogar totalmente) la Ley 3112/2018 y sus modificaciones, y uno de sus principales argumentos es el artículo 46 de la Constitución Nacional, que establece la igualdad de las personas.
Propone un proceso de transición a través de un equipo técnico que se encargue de la redacción de un reglamento para la administración de aportes parlamentarios, dentro de un marco igualitario y sin subsidio estatal.
“Acompañamos porque somos obedientes”
El diputado cartista Alejandro Aguilera se sinceró y dijo que acompañó la ley de jubilación vip “por cuestión de disciplina” dentro del movimiento. “Yo no pienso jubilarme en la Cámara Baja, pero, no obstante, acompañamos la decisión y la posición por una cuestión de disciplina dentro del movimiento Honor Colorado, por eso hemos tomado esa decisión”, manifestó el legislador.