03 may. 2025

IPS accionará para recuperar gastos en no asegurados

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El 57,3% de los aportantes del IPS no accederán a la jubilación.

Foto: Archivo UH.

El Instituto de Previsión Social (IPS) busca recuperar por medio de acciones contra el Estado la suma aproximada de G. 40.000 millones destinados en pacientes no aportantes, pero que accedieron a la asistencia mediante un amparo constitucional.

Así lo confirmó Hugo Aranda, gerente de Abastecimiento y Logística de IPS, quien aseguró que la Dirección Jurídica de la previsional está considerando la posibilidad de que se reponga parte de los fondos que fueron gastados en amparos.

La cifra que pretende recuperar oscila entre G. 20.000 millones y G. 40.000 millones, de los últimos cuatro ejercicios. Aranda aclaró que esta suma excluye los gastos en el contexto de la pandemia de Covid-19, solo corresponde a las acciones por amparos.

Las acciones judiciales habían sido resueltas por jueces en favor de pacientes no asegurados para que reciban atención médica en el Instituto de Previsión Social.

‘‘Esto ocurre todo el tiempo. Llegó un momento donde tuvimos que pedir a las autoridades judiciales, a quién de nuestros asegurados en terapia le teníamos que sacar para hacer cumplir, porque estábamos en un desacato’’, indicó el gerente en contacto con Monumental 1080 AM.

En relación con la deuda del Ministerio de Hacienda con el IPS por los gastos incurridos en pacientes no asegurados en la pandemia, el director Hugo Aranda aseguró que la cifra va a llegar a los G. 1 billón.

fallos. Recientemente, dos fallos dictados por el Tribunal de Apelación de feria, integrado por los camaristas Delio Vera, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez Faría, dictaron fallos donde resolvieron que el IPS tiene derecho a repetir los gastos en contra del Estado paraguayo en los casos en que se hizo cargo de los pacientes que no contaban aún con el derecho por la falta de aportes correspondientes.

En ambos amparos que fueron ratificados, los jueces Raúl Florentín y Yoan Paul López habían admitido que el IPS se hiciera cargo de los gastos médicos de una menor que es asegurada beneficiaria y otro que no tiene la cantidad de meses de aportes necesarios.

El IPS apeló en ambos casos y los camaristas señalaron que prevalecen el derecho a la vida y la salud de las personas, por sobre el reglamento del IPS.

“Finalmente, debe agregarse que siendo el Estado Paraguayo quien está obligado por nuestra Ley Suprema a garantizar el pleno goce de los derechos consagrados en ella, debo hacer indicación a que en el caso que el Instituto de Previsión Social incurra en gastos onerosos o excesivos como consecuencia de la realización de tratamientos médicos o provisión de medicamentos, como consecuencia de la obligación impuesta mediante la acción de amparo constitucional, dicha entidad cuenta con el derecho de repetir contra el Estado por los gastos en que incurra...”, señalan los magistrados.