El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) anunció la habilitación del sistema de Registro Electrónico de Información (REI) para la inscripción patronal y de trabajadores bajo la modalidad de empleo doméstico parcial.
El trámite se realiza en las oficinas de la Dirección Obrero Patronal del Instituto de Previsión Social (IPS), situadas sobre la calle Nuestra Señora de la Asunción entre Humaitá y Piribebuy. La atención se realiza de lunes a viernes de 7.15 a 14.15.
La inscripción no tiene costo. Se requiere de una fotocopia autenticada de la cédula de identidad del trabajador y la entrega del contrato proforma, que puede ser descargado desde la página web del Ministerio de Trabajo.
El director de Aportes del Instituto de Previsión Social (IPS), José Luis Urizar, aclaró que el pago del aporte al IPS se efectúa a mes vencido y se abona recién a partir del 10 de setiembre, con la liquidación del salario del mes de agosto.
Así mismo también comentó que esta modalidad puede ser aplicada solo a aquellas domésticas que completan 16 horas a la semana con un solo empleador, no así con las recurren al pluriempleo.
En ese sentido, señaló que aún no existe un parámetro en lo que respecta a los trabajos con cargas inferiores a esta cantidad de horas. Resaltó la necesidad de una nueva mesa tripartita en la que se pueda negociar como direccionar el aporte social en estos casos.
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Respecto a las estadísticas de formalización luego de la promulgación del salario mínimo para las domésticas, señaló que se produjo una baja importante durante todo julio. En total estimó que fueron unas 1.000 trabajadoras que fueron sacadas del sistema.
En contrapartida, apuntó que 400 domésticas más fueron formalizadas durante el último mes y otras 900 están en lista de espera para la habilitación de la inscripción a tiempo parcial.
“Los números ciertos de esta situación tendremos en el mes de setiembre para poder hacer un análisis más específico del tipo de impacto. Pero sí, se notó una diferencia en entradas y salidas”, comentó a NoticiasPy.
En junio de este año fue promulgada la ley que otorga el 100% del salario mínimo para las trabajadoras domésticas, luego de casi una década de lucha impulsada por el sector.
Urizar recordó que el porcentaje de aporte se mantiene con base en la modalidad de tiempo completo; es decir, el 9% a cargo del empleado y el 16,5% correspondiente al empleador, calculados en función a lo que percibe mensualmente.
Sin embargo, recalcó, al cobrar un salario mensual inferior en la modalidad parcial, la patronal debe compensar al programa de salud la diferencia para equiparar al 100% del salario mínimo vigente.
Es decir, dependiendo de cada caso, la suma a ser pagada por el empleador sufre una recarga para cubrir el mínimo destinado a la cobertura de salud de las domésticas, que debe llegar obligatoriamente a los G. 197.355 (9% sobre el salario mínimo).
Pese a que la Ley de Trabajo Doméstico, reglamentada en el 2015, establece que las personas contratadas para este servicio deben ser incorporadas al régimen general del seguro social, el Ministerio de Trabajo resolvió complementar esta legislación con la Ley de Empleo Parcial.