27 dic. 2024

IPS: Jubilación de trabajadores independientes

PREGUNTA: Recientemente, leí una publicación periodística en la que se informa que el Instituto de Previsión Social (IPS) ofrece la posibilidad de contribuir voluntariamente al sistema de jubilación a trabajadores independientes, freelancers y empresarios. ¿Podría explicarme en qué consiste?

RESPUESTA: El Instituto de Previsión Social tiene dos opciones; la primera creada por la Ley 3407/2007, que permite continuar con los aportes al IPS cuando por algún motivo se haya dejado el trabajo en relación de dependencia y la segunda creada por la Ley 4933/2013, que autoriza la adhesión voluntaria de trabajadores independientes.

LEY 3407/2007. Esta ley permite que el asegurado que se retira de su trabajo, por cualquier causa y no haya reunido los requisitos para obtener una jubilación ordinaria, tiene derecho a solicitar al IPS en cualquier momento la continuidad de aportes jubilatorios con el propósito de reunir los requisitos de edad y antigüedad para la jubilación extraordinaria. Los requisitos que deben cumplir para la adhesión a la jubilación son los siguientes:

1) La edad mínima exigida para la jubilación extraordinaria es de 60 años cumplidos y el tiempo total de aportes será de mil doscientas cincuenta semanas, que representan 25 años aproximadamente.

2) Debe realizar un aporte mensual de 12,5% del promedio de los últimos 36 salarios cotizados con anterioridad al cese laboral. Aclara la ley que en ningún caso este aporte se calculará sobre una suma inferior al salario mínimo legal vigente. Además, los aportes pagados conforme esta ley no serán reembolsables.

3) Asimismo, si el periodo transcurrido entre el retiro del trabajador y la fecha de concesión del derecho a la continuidad en el beneficio es superior a veinticuatro meses, el promedio de los últimos treinta y seis salarios es actualizado conforme a las variaciones del índice de precios al consumidor (IPC) y del salario mínimo legal ponderados por partes iguales, 50% cada una de las variables mencionadas.

En el caso de que no se alcance aportar los 25 años, puede solicitar una jubilación proporcional a partir de 15 años de aporte con una edad de 65, en cuyo caso su jubilación será del 60% del salario sobre el que aportó.

Los pagos de los aportes pueden ser anuales, trimestrales y/o mensuales. Este beneficio es solo para acceder a la jubilación una vez cumplidas las semanas de aportes y la edad mínima requerida. Por de pronto, el asegurado no podrá hacer uso del sistema de salud de IPS, al que, sin embargo, podrá acceder una vez jubilado.

LEY Nº 4933/13. Permite la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes al Fondo Común de Jubilaciones y Pensiones del IPS. De igual manera que la anterior ley citada, no comprende las prestaciones médicas y asistenciales proveídas por el seguro social. Los aportes se calculan sobre la base del salario declarado, no pudiendo ser inferior a un salario mínimo. La tasa es de 13%, que se reparte 12,5% al Fondo de Jubilaciones y Pensiones, así como 0,5% al Fondo de Administración General de la Entidad.

Debe tenerse en cuenta que el sistema de jubilación es de “reparto”, es decir, que los aportes jubilatorios son destinados a cubrir las jubilaciones pagadas en ese momento. Es un sistema solidario. No se trata de un sistema por capitalización en el cual lo aportado le pertenece. Por lo tanto, los aportes que realiza en concepto de jubilación al IPS no podrá retirarlos en el caso de que no pueda completarlos.

Para consultas adicionales, escríbanos al WhatsApp (0981) 220-198 o al correo info@rsa.com.py

Más contenido de esta sección
Se dio a conocer ayer el decreto que establece los nuevos valores fiscales de los inmuebles, que servirán como base imponible para determinar el impuesto inmobiliario para el 2025.
En un comunicado, las constructoras cuestionan la falta de pago de la deuda que tenía el MOPC con las contratistas, y la promesa incumplida de pagar los compromisos pendientes este año.
La Itaipú Binacional debe adjudicar las obras, pero el proceso todavía está en la etapa de evaluación. Se invertirán USD 25 millones y se espera que los edificios se ocupen a mediados del próximo año.
Tras la primera reunión del Consejo de Seguridad Social, sin todos sus miembros, distintas asociaciones de jubilados y pensionados eligieron de forma provisoria a un representante.