La Secretaría de la Función Pública informó que el distrito de Fram encabeza la lista de municipalidades con calificación verde, lo que significa la mejor puntuación dentro del esquema de control y cumplimiento de la Ley 5189/2014. Mientras que General Artigas y San Cosme están en la franja roja con la peor calificación.
Cabe señalar que la Ley de Trasparencia establece la obligatoriedad de la provisión de información del uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay.
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El informe del cumplimiento o resultados del monitoreo se clasifican en tres niveles y colores, donde los municipios con 100% de cumplimiento de la ley, son ubicados en la franja verde; los de cumplimiento intermedio en franja amarilla y los que incumplen totalmente esta disposición están en zona roja.
En ese sentido, de los 30 municipios con que cuenta el Departamento de Itapúa, solo 9 están con la calificación verde, es decir con el 100% de cumplimiento; 19 municipios con calificación amarillo (cumplimiento intermedio) y dos municipalidades están con calificación rojo, es decir, en total incumplimiento de esta ley.
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Las municipalidades con calificación verde son: Fram, Bella Vista, San Rafael del Paraná, Cambyretá, Pirapó, Obligado, Edelira, La Paz y Yatytay. Por otro lado, cabe agregar que la administración municipal de Álvaro Scappini, en Fram, y Eduardo Oswald, en Bella Vista, fueron conceptuados por la Contraloría General de la República (CGR) como las dos mejores gestiones municipales a nivel país.
La normativa señala que los organismos y entidades del Estado deben actualizar mensualmente la información requerida, hasta 15 días hábiles del mes inmediatamente posterior. En ese sentido, la verificación del cumplimiento de la Ley Nº 5189/2014, se realizó en base a la publicación correspondiente a junio de este año.
Cabe agregar que el incumplimiento de la Ley 5189/2014 prevé multas a los jefes comunales en virtud a lo establecido en dicha ley, que señala que el castigo será una multa de 180 jornales mínimos, es decir unos G. 15.849.180.