El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) inició de oficio el enjuiciamiento contra las magistradas Carmen Elizabeth Silva Bóveda, Ana Graciela Aguirre Núñez y Mirna Carolina Soto González, miembros del Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Amambay.
Las magistradas habrían dictado la sentencia definitiva 136 del 11 de noviembre del 2022, por medio de la cual dispusieron absolver a Waldemar Pereira Rivas, alias Cachorrão.
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El JEM mencionó que con esto, las juezas “violentaron el principio de la libertad probatoria, realizando valoraciones probatorias deficientes, apartándose del sistema de la sana crítica, incurriendo en una fundamentación insuficiente y sin que la misma se encuentre ajustada a la ley”.
Además, el JEM explicó que las magistradas habrían ordenado, durante el juicio oral y público, la exclusión probatoria de dos medios ofrecidos por el Ministerio Público, que fueron admitidos durante la etapa intermedia, lo que resultó favoreciendo a la defensa del acusado.
También, se solicitó la suspensión de las enjuiciadas a la Corte Suprema de Justicia.
El 3 de noviembre del 2022, las mencionadas juezas resolvieron por mayoría ordenar la libertad de Cachorrão, principal sospechoso del homicidio del periodista Leo Veras ocurrido el 12 de febrero del 2020.
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Leo Veras fue asesinado de varios disparos en el interior de su vivienda situada en el barrio Jardín Aurora de Pedro Juan Caballero, Departamento de Amambay.
Al día siguiente, el fiscal Marcelo Pecci allanó la vivienda de Cachorrão, donde encontró el vehículo utilizado para asesinar al comunicador.
Meses después Cachorrão fue detenido en una barrera policial y luego encarcelado hasta el día donde enfrentó el juicio oral, de donde salió absuelto.
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El fiscal Andrés Arriola había presentado la apelación al juicio, pero el brasileño ya se había fugado del país.
En marzo del año pasado, el Tribunal de Apelación de Amambay anuló la sentencia del juicio oral que absolvió de culpa y pena a Cachorrão.
Según la apelación, el tribunal cercenó el derecho del Ministerio Público, violentando severamente la libertad probatoria para descubrir la verdad real, favoreciendo a la defensa del procesado.