Según el abogado Juan Bautista Rivarola, especialista en derechos humanos, se trata de un hecho histórico, logrado en base al principio de jurisdicción internacional que rige para los delitos de lesa humanidad. Si del informe que remita la autoridad judicial paraguaya el juez colige que efectivamente hay inacción, este podría declararse competente y librar órdenes de captura contra represores paraguayos. El exhorto ya se libró y antes de llegar al Poder Judicial deben cumplirse unos trámites en la Cancillería.
La querella que dio origen a la medida se presentó el 5 de agosto por trece víctimas y asociaciones de víctimas. “Prácticamente existe absoluta impunidad con respecto a los crímenes cometidos en Paraguay durante la dictadura, pese a que nuestro país conserva documentaciones que prueban fehacientemente la participación de los represores en la época de Stroessner”, lamentó Rivarola.
Recordó que el informe final de la Comisión de Verdad y Justicia identificó a 448 victimarios. Sin embargo, ninguno está imputado.