Dany Durand fue absuelto del cargo de declaración falsa por un Tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Elio Ovelar, Darío Báez y María Luz Martínez. Los dos primeros magistrados no votaron por la condena del ex titular del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH).
Báez accedió a una comunicación con radio Monumental 1080 AM este martes y explicó el sentido de su voto. Argumentó en un momento que el ex ministro declaró “de más” y que, de acuerdo con su interpretación, esto no constituía un hecho punible.
“Para mí no es delito el que se declare ante la Contraloría”, señaló el juez a la emisora.
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Argumentó que en Paraguay aún no se conceptualizó como tal, pero que, a través de acuerdos internacionales, ya recomendaron a Paraguay adecuar su legislación para calificar este tipo de acciones como un hecho punible.
“Eso ya está como recomendación y en algún momento se tiene que modificar la ley, para que en la ley de enriquecimiento ilícito se aplique esta figura y como castigo, pero actualmente no la tenemos”, resaltó.
El magistrado mencionó que Durand declaró “de más” sus bienes y presentó fechas erróneas de la compra de inmuebles, lo cual no se puede calificar como declaración falsa. Dijo que, en todo caso, podía haber sido investigado por “ocultamiento”.
“Aquellos países en donde es delito, la intención de ocultamiento de la declaración tiene que ser en negativo. La declaración de Durand fue en positivo, se declaró de más, a la inversa. Declaró cuatro propiedades y el Registro Público informó solamente acerca de tres”, acotó.
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El Tribunal de Sentencia en el caso de Dany Durand entendió que la Fiscalía confundía la calificación penal.
Los fiscales Natalia Fúster y Néstor Coronel habían llevado adelante la causa, en la que solicitaron la pena de tres años de cárcel por el citado hecho punible de declaración falsa.
De acuerdo con el Ministerio Público, el ex titular del MUVH supuestamente mintió en la declaraciones de sus bienes que presentó ante la Contraloría General del Estado.