Luego de una audiencia de imposición de medidas realizada en la tarde de este viernes en el Palacio de Justicia de Luque, Departamento Central, el juez Civil del 2° Turno, interino del Juzgado Penal de Garantías 1, Enrique Sanabria otorgó la libertad ambulatoria alprestamista Ramón González Daher, de 70 años.
El ex dirigente deportivo cuenta con varias medidas alternativas entre ellas, la obligación de firmar el libro de comparecencia del 1 al 5 de cada mes en forma mensual. La obligación de fijar domicilio, y no cambiarlo previa comunicación al Juzgado, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento podrán ser revocadas las medidas impuestas.
Además cuenta con las prohibiciones de acercamiento y hostigamiento a la victima o denunciantes por ningún medio, de abusar de bebidas alcohólicas y drogas peligrosas, de portar todo tipo de armas y de salir del país.
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Existe una fianza real por el monto de G. 100 millones, a ser depositados en una cuenta del Banco Nacional de Fomento a nombre de la presente causa y a la orden del Juzgado, debiendo librarse el oficio a la citada institución para el efecto y agregar la constancia de depósito en un plazo de 10 días, caso contrario serán revocadas las medidas impuestas.
El juzgado convocó a González Daher aceptar las reglas de conductas impuestas por esta resolución para el lunes 17 de enero a las 9:00 en la secretaria del Juzgado Penal de Garantías.
Su abogado Mario Elizeche Baudo manifestó a los medios de comunicación que su cliente se abstuvo de prestar declaración indagatoria ante el Ministerio Público.
La defensa había solicitado al juez la aplicación de medidas alternativas a la prisión considerando que González Daher es una “persona de reconocida y notoria solvencia patrimonial y arraigo suficiente” en la ciudad de Luque y que “el peligro de fuga queda desvirtuado”.
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Además, la defensa afirmó que el mismo tiene la voluntad de someterse tanto a la Justicia, como al proceso, y que esto quedó demostrado con su presentación este viernes en la Fiscalía.
La defensa también había pedido al juez que considere que el ex dirigente deportivo tiene 70 años, posee enfermedades de base que constituyen factores de riesgo ante la situación sanitaria a causa del Covid-19.
Como así también, el abogado expresó que el hecho atribuido es considerado delito y la ley procesal permite la aplicación de medidas alternativas o sustitutivas a la prisión.
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Antes de conocerse la decisión, la fiscala Sandra Ledesma anunció que apelaría la resolución del Juzgado si no decretaba la prisión preventiva que ella solicitó.
El pasado 30 de diciembre la fiscala Natalia Cacavelos imputó a Ramón González Daher por quebrantamiento del depósito en grado de instigador y por extorsión en grado de autor, por el caso de los cheques hurtados del juzgado de Humberto Otazú, antes de su juicio oral, en el que fue sentenciado a 15 años de prisión.