La resolución judicial se debe a que un informe de la Policía Nacional, con fecha 22 de diciembre, comunica que Ríos no se encontraba en su vivienda, por lo que infringió su arresto domiciliario. Incluso, el documento policial indica que la persona que recibió a los uniformados tampoco sabía del paradero, teniendo en cuenta que no contestaba llamadas.
El procedimiento de verificación en la vivienda de Hugo Ríos fue realizada por agentes de la Subcomisaría 13ª de Alto Paraná.
La resolución judicial refiere que “la declaración de rebeldía no suspenderá la investigación, salvo en lo que se refiere a resoluciones que pongan fin al proceso. En las etapas subsiguientes, el procedimiento sólo se suspenderá con respecto al rebelde y continuará para los imputados presentes. La declaración de rebeldía implicará la revocación de la libertad que le haya sido concedida al imputado y le obliga, en caso de presentación involuntaria, al pago de las costas provocadas.”
En el caso Berilo hay 40 procesados, entre ellos, el ex diputado Ulises Quintana y un grupo de agentes de la Policía Nacional.