A raíz de la inhibición del magistrado, el caso pasó a su colega de Delitos Económicos, Humberto Otazú, quien analiza si admite, se inhibe o impugna la inhibición de su colega.
Según el juez Delmás, en la causa intervino como defensora, la abogada Laura Figari Penayo, quien asiste a la imputada Lourdes Auxiliadora González de Melgarejo.
Explica Delmás que en la causa de “Héctor Manuel Doldán Méndez y otros sobre estafa”, la abogada vertió varias manifestaciones en su contra que le comprometieron su objetividad e imparcialidad por lo que se apartó.
Igualmente, apunta que en el caso Justo Ferreira, el Tribunal de Apelación le había apartado del caso, por la situación especial en la que se halla el juez, se produce un motivo genérico de excusación del mismo ante la fundada sospecha de parcialidad.
Con ello, dice el juez que por la situación análoga, decide que debe apartarse del caso por estar comprometido su objetividad e imparcialidad, conforme el argumento que esgrimió.