También sobreseyó en forma provisional a la ex intendenta Sandra McLeod de Zacarías y a otros 7 coacusados, al excluir las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por supuestas deficiencias.
Los fiscales negaron tal situación y señalaron que apelarán la resolución de la magistrada. La determinación fue tomada tras una audiencia preliminar que se inició el viernes y terminó el sábado pasado, durante 15 horas, en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este, sobre la causa 13/2019.
El Ministerio Público investigó a la familia Zacarías Irún y a otras 8 personas por supuestos desvíos millonarios de las arcas municipales para financiar la campaña electoral. La primera imputación fue por G. 2.100 millones y la segunda por 3.700 millones.
La investigación se realizó sobre la ejecución presupuestaria de los años 2014 al 2018; sin embargo, la acusación fiscal solo incluyó los años 2014, 2015 y 2018, en los que supuestamente se cometió el hecho punible de lesión de confianza. La jueza determinó que ya no se podía juzgar los años 2014 y 2015 porque ya contaban con resolución de cosa juzgada por el Tribunal de Cuentas, donde el Ministerio Público ya había dado su parecer de que no encontraba perjuicio patrimonial, ni administrativo.
Al no existir acusación fiscal sobre los años 2016 y 2017, solo queda la ejecución presupuestaria del año 2018, en el que se anularon varias pruebas de la Fiscalía, cuyos representantes ahora tienen un año de tiempo para mejorar su trabajo, atendiendo que se dispuso el sobreseimiento provisional de ocho acusados en esta causa.
DEFICIENCIA. “La Fiscalía dice que instigó, ordenó, indujo, así en términos lineales, pero no existe una descripción precisa y circunstanciada del hecho que se le atribuye. La instigación quiere decir que la persona quiere que la otra cometa el hecho y le convence, pero eso no dijo la Fiscalía en su acusación”, dijo la jueza.
También resaltó que la acusación contra el legislador es por el año 2017, ejercicio fiscal en el que no hubo acusación contra los supuestos autores de la lesión de confianza.
“La Constitución dice que en cualquier procedimiento en el que pueda derivarse pena o sanción tenemos el derecho de ser juzgado una sola vez”, explicó la magistrada.