El defensor había solicitado que se le aclarara cuáles eran las expresiones injuriosas y/o ataques personales que supuestamente utilizó durante la audiencia.
Según la jueza, la resolución no contiene ninguna expresión oscura ni errores materiales u omisiones, ya que el fallo se halla debidamente fundado, por lo que rechaza el pedido.
No obstante, cita las expresiones señaladas por el abogado, tales como: “a pesar de tener conciencia del corporativismo reinante en su contra, en el que se evidencia la falta de independencia del Poder Judicial…”
Además, cita la frase del abogado que apunta: “…V.S. se ha convertido hasta en abogado del fiscal y suple lo que le corresponde hacer, cosa que está totalmente fuera de su competencia…”
La jueza Rosarito Montanía finalmente señala que existe libertad de criticar los fallos, pero debe ser a la resolución y no a la persona que la dicta.