La jueza Violeta María Silva Velázquez rechazó este viernes un pedido presentado por un hombre contra la madre de sus hijos, uno de 13 y el otro de 6 años, para que la mujer no los lleve a ser inmunizados con alguna de las plataformas de las vacunas anti-Covid.
Según el pedido, la madre de los niños sí desea vacunar a los niños. En su pedido de medida cautelar, el hombre señala que ante las recomendaciones de profesionales de la salud, que alientan a la vacunación de los niños de 12 años en adelante, han tenido “discrepancias” con la madre de sus hijos, informó el periodista de Última Hora Raúl Ramírez.
No obstante, el padre alega que teniendo en cuenta que los pequeños no cuentan con ninguna enfermedad de base, considera que no deben ser expuestos a la inoculación del virus del SARS-CoV-2 . “Mis hijos son sanos y no tienen ninguna enfermedad de base”, argumentó el hombre en el escrito judicial.
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Incluso, indica que le manifestó a la madre de los niños que las vacunas presentan afecciones cardiacas en niños o menores de sexo masculino, por lo que no le da “méritos” a las vacunas.
“Soy del parecer que la inscripción de mis hijos en el sistema de base de datos del Ministerio de Salud, en espera de la disposición de la franja etaria ya próxima a su disposición, podría en realidad representar un mal para nuestros niños, pues es sabido que todas estas vacunas, aun aprobadas, se encuentran en estadio experimental”, dijo el hombre.
El pasado 23 de julio, el hombre se presentó ante el Juzgado para promover “la medida cautelar de urgencia (no vacunación)” contra la madre de sus dos hijos, tomando intervención del caso el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia.
Posteriormente se recabaron informes del Ministerio de Salud Pública, respecto a las vacunas contra el coronavirus y se llevaron adelante audiencias. Finalmente, la magistrada Silva Velázquez decidió no hacer lugar a la medida cautelar de protección y archivar la causa.
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Entre las normativas que se tuvieron en cuenta para rechazar la medida está el artículo 68 de la Constitución Nacional, que señala textualmente que “el Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofes y de accidentes. Toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro del respeto a la dignidad humana.
En pleno repunte de contagios por la predominante variante delta y de hospitalizaciones, el Ministerio de Salud Pública, a través del Programa Ampliado de Vacunación (PAI), anunció que desde el martes 10 al viernes 12 de noviembre, los adolescentes a partir de 12 años podrán acceder a su primera dosis anti-Covid.