El Ministerio de Relaciones Exteriores informó en la tarde de este martes que recibió una comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay, por medio de la cual informan que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del 34º Turno ha dictado la Sentencia Interlocutoria de fecha 25 de octubre, que dispuso desestimar la solicitud de cancelación del estatus de refugiados de los ciudadanos Juan Arrom, Anuncio Martí y Víctor Colmán, pedida por la República del Paraguay.
La Cancillería mencionó que “toma con decepción y desagrado la decisión de una jueza uruguaya, tendiente a brindar amparo a los prófugos de la Justicia paraguaya Juan Arrom, Anuncio Martí y Víctor Colmán”.
Además, manifiesta que invita a las autoridades del Poder Judicial, del Ministerio Público y la Procuraduría General de la República a una “reunión de urgencia”, a efectos de realizar inmediatamente un análisis conjunto sobre posibles medidas y acciones al respecto, tanto en el ámbito jurisdiccional como diplomático.
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El Gobierno Nacional ratifica que insistirá ante las autoridades uruguayas sobre la ilegalidad del otorgamiento de la condición de refugiados a las citadas personas y urgirá nuevamente su cancelación inmediata, denunciando el hecho ante todos los foros internacionales.
Arrom y Martí servicio al Estado paraguayo por supuesto secuestro y tortura ante la Corte Intera de Derechos Humanos (CorteIDH), instancia en la que se falló a favor de Paraguay el 4 de junio de 2019.
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Tras esta sentencia, Paraguay trabajó en el retiro del estatus de refugiados, para así lograr la detención de los mismos, quienes deben afrontar juicio oral y público por el secuestro de María Edith Bordón, ocurrido en el año 2001.