La titular del Juzgado Civil en Familia de la Primera Nominación en Tucumán (norte), Karina Lescano de Francesco, fue la jueza que autorizó este proceso, absolutamente “circunstancial”.
“En este caso, un matrimonio pidió que se le autorice legalmente que la hermana de la mujer pueda gestar a su hijo”, indicó la magistrada en declaraciones a Efe, y señaló que el proceso se llevará a cabo con el óvulo y espermatozoide de los padres biológicos, que se implantarán en el útero de la hermana para que pueda gestar el embrión.
La mujer que busca ser madre sufre el síndrome de Rokitansky, una enfermedad congénita en el útero que le impide llevar adelante un embarazo.
“La voluntad procreacional de la hermana es uno de los argumentos que se estudiaron”, indicó Lescano, un “acto de amor y altruismo” por el que la magistrada espera que la familia salga exitosa.
Argentina no tiene una regulación legal concreta sobre las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA), algo que la familia afectada utilizó para presentarse frente a la Justicia tucumana y solicitar que fuera la hermana de la afectada por la enfermedad quien se sometiera al embarazo en su lugar.
“Fue la clara determinación de los roles el que marcó uno de los principales puntos para aprobar este proceso”, advirtió Lescano.
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La mujer gestante no será considerada la madre biológica en ningún momento, a pesar de que este fallo contempla su baja por maternidad antes y después del parto.
De la misma manera, los padres biológicos -su hermana y su cuñado- también contarán con las correspondientes licencias por maternidad y paternidad.
El hecho de que los implicados mostraran una “madurez mental” en el caso fue uno de los puntos más destacados para la aprobación de este fallo, que ya tiene un mes de dictado.