Dos acciones judiciales fueron las presentadas hasta ahora ante el Poder Judicial, donde ambas tuvieron fallos en contra de los recurrentes en primera instancia.
La primera acción también tuvo fallo contrario en el Tribunal de Apelación, y la segunda espera una resolución esta semana.
Respuesta de SEN
Por su parte, en su contestación, la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) dice que no tiene por qué garantizar el derecho a la alimentación a las comunidades que exigen una respuesta del Gobierno.
“El argumento fue que no agotamos los recursos ordinarios, y nosotros queremos discutir eso, porque el amparo es el recurso que se utiliza cuando la vía ordinaria no remedia la violación a tus derechos y hay una urgencia. En este caso, implica ir a la SEN, y allí no hay mecanismos de quejas o reclamos al programa Ñangareko ni kit de víveres, tampoco tenemos una ley de procedimientos ordinarios... Si yo meto una nota de queja ellos van a darle el curso que quieran en los tiempos que quieran”, explicó Milena Pereira, abogada de la Plataforma de Derechos Humanos.
Agregó que otro elemento a tener en cuenta es que la SEN no emitió ninguna resolución con los nombres de los excluidos del programa; por lo tanto, no hay un documento al que pedir reconsideración, y luego ir a lo contencioso administrativo en el Tribunal de Cuentas, donde los plazos son de meses.
“Para nosotros es gravísimo el argumento del Tribunal de Apelación en el primer amparo... En el otro lo grosero es la contestación de la SEN, porque dicen que no tienen la obligación de garantizar el derecho a la alimentación”, manifestó.