El cronograma establece que desde el 22 de diciembre al 8 de enero se podrán inscribir los movimientos y desde el 22 enero al 8 de febrero se inscribirán los precandidatos.
Este documento se dio a conocer luego de contar con la resolución de la convención que modificó el estatuto para postergar el mandato de las autoridades partidarias hasta diciembre del 2022.
La resolución del TEP aclara que los movimientos ya inscriptos en agosto, que son 142, deberán proceder solamente a la inscripción de precandidaturas entre enero y febrero.
El presidente del TEP, Santiago Brizuela, señaló que se dio por iniciado el proceso electoral, por lo que los movimientos ya pueden acudir al TEP para informarse de los requisitos.
Brizuela instó a todos los apoderados y candidatos a cumplir con todos los requisitos en tiempo y forma que se exigen para evitar se repitan eventos de irregularidades “que pretendan soslayar a los movimientos que se encuentran en regla”.
Entre los requisitos, la ANR establece la obligatoriedad del pago de aportes partidarios.
Los candidatos también deberán dirigir una nota al presidente del TEP, llenar un formulario, llevar la fotocopia de cédula autenticada ante una escribanía y la certificación de firma, tener la antigüedad mínima de un año como afiliado del Partido Colorado. Asimismo, la presentación del candidato debe estar avalada por afiliados.
Los candidatos a intendentes deben ser mayores de 25 años con antigüedad mínima de cinco años en el municipio y para los candidatos a concejales la edad mínima es de 23 años con antigüedad mínima de cinco años en el municipio.