24 nov. 2024

La corrupción no es delito

Amantísimo lector, aclaro que no soy el autor de la célebre frase que titula este comentario, con la cual no sé si usted estará a no de acuerdo. Por mi parte, yo no concuerdo con ella y trataré de refutarla en el sano espíritu del disenso que tanto respeto genera en esta República.

En mención literal, la palabra “corrupción” realmente no aparece en el Código Penal, como lo subrayó la autora de la afirmación. Sin embargo, no precisó que en la lengua española la corrupción es la “práctica consistente en la utilización indebida o ilícita de las funciones” en provecho propio en las organizaciones, especialmente en las públicas, según el diccionario.

Además, la palabra “corrupción” aglutina a una serie de delitos ordenados en la legislación paraguaya e internacional. Sus raíces las podemos encontrar por ejemplo en la Ley Nº 997/1996 “Que aprueba la Convención Interamericana contra la Corrupción”. En su artículo VI, este documento ilumina mejor sobre la palabra “corrupción” en la función pública, señalando que se trata del requerimiento o la aceptación, el ofrecimiento o el otorgamiento “de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios” a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de las funciones públicas; la realización “de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios”; y el aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de estos actos; además de la “participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma, en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo”.

Supongo que la precisión del párrafo precedente despeja cualquier duda, mostrando que la corrupción efectivamente representa delitos, y muy graves, que sí se encuentran de manera literal en el Código Penal, como el cohecho, el soborno, el prevaricato, la exacción, el enriquecimiento indebido y un largo etcétera donde se sanciona no solamente el hecho sino hasta la tentativa, así que mucho cuidado. Para más detalles, le remito al capítulo III del citado código.

Entiendo que la autora de la frase, y ella misma lo resaltó en otra entrevista, apeló a un tecnicismo, pero fue un tecnicismo falaz y convengamos que desatinado. Con la corrupción no se bromea, no se negocia, hay que repelerla de buenas a primeras.

A propósito, debo también indicar que la original oración tal vez no hubiera sido posible si no fuera originada ante la defensa de alguien señalado como “significativamente corrupto”, por lo que cerraré este comentario con algunas narraciones del momento en que había escuchado la noticia. Aguardando una cita médica, leyendo los mensajes de texto del teléfono, uno me pareció especialmente gráfico: “Fuerte akãpete de EEUU a Horacio...”.

Minutos después, recibía buenas noticias del médico, quien, previo pedido de permiso, contestó su teléfono. Se trataba de una conversación con su cónyuge, recuerde las pausas en cada punto, pues era un diálogo del cual solamente tengo una parte, por supuesto. Se la relato sin ánimos de literalidad:

—¿Viste pio la noticia? Sí, sí, al fin. Hay una esperanza. Ya era hora. Pero a ver cuándo se animan acá. Bueno, bueno, hablamos después.

Finalizó la conversación. Luego la compartió y agregó:

—Algo por lo menos. Nosotros capaz ya no veamos los cambios, tal vez nuestros hijos o nietos...

¡Ah!, por cierto, quien dijo “la corrupción no es delito” fue una precandidata a senadora de la República del Paraguay, su nombre es María Teresa Peralta; sea meticuloso al votar, o eventualmente pregúntele bien sobre sus declaraciones, despeje cualquier duda, tenga en mano todos los documentos a los que se refiere, no vaya ser que algún tecnicismo lo deje malinterpretando la buena intención de su interlocutora.

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