La activista María Esther Roa , de la Comisión Escrache Ciudadano, fue absuelta este jueves durante un juicio oral, tras ser procesada por violar la cuarentena sanitaria . La Fiscalía pedía 300 días de multa.
“Como ciudadanos indignados, el 3 de junio decidimos salir después de 89 días de encierro a protestar contra los saqueos y los robos sin contemplaciones en pandemia, hicimos una caravana, la cual terminó en el Panteón de los Héroes y ese hecho sirvió de sustento para que el Ministerio Público invente un tipo penal inexistente ”, expresó Roa a Última Hora.
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Asimismo, indicó que el Tribunal explica que no existe el tipo penal de violación de la cuarentena, que la Ley 716 e una ley ambiental y no rige para establecer un delito y una pena como lo que pretende el Ministerio Público.
“Aquí lo que nosotros logramos como miembros de la sociedad civil que lucha contra la corrupción es fortalecernos y decir que aunque no tengamos esperanzas muchas veces en la Justicia, nosotros tenemos que dar batallas”, aseveró, a la vez de asegurar que la lucha continua e incluso con más fuerza.
De igual manera, dijo que pudo tomar un atajo como lo hicieron más de 13.600 personas que fueron imputadas por violación de la cuarentena, pero que prefirió dar batalla y tratar de traer el debate al juicio oral, “como lo hicimos hoy y salimos victoriosos” .
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Sobre las demás personas que tuvieron que pagar alguna multa, dijo que hoy un Tribunal resolvió que no existe el delito.
Roa agregó que no sabe lo que pasará con los demás imputados por violación de la cuarentena y que no sabe cómo es que el Ministerio Público imputó y un juez penal de Garantías estableció una multa, si no existe el delito, como lo resolvió este jueves un tribunal.
Para la activista, la Justicia aplicó un tipo penal inexistente a los ciudadanos y les tocaron el bolsillo en plena pandemia, cuando todo el pueblo estaba golpeado por la crisis.
“Si yo fuera una de esas personas, mañana mismo presentaría un escrito solicitando que me devuelvan el dinero y remitir los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados con relación al juez que resolvió y el fiscal que imputó el hecho punible que no existe”, remarcó.
Finalmente, dijo que todos los que estudiaron derecho o son abogados saben que la conducta y la pena debe estar establecida en el Código Penal, lo que no estaba con respecto a la figura, por lo que ahora cree que se abre un abanico de problemas para la Justicia.