PREGUNTAS: ¿Cuál es la dirección de la oficina de impuestos? ¿En qué consiste la nueva Ley 6380/19? ¿Cuáles son los nuevos contribuyentes según esa Ley?
RESPUESTAS: La oficina de impuestos es la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). Su página web es www.set.gov.py; su dirección postal es Yegros entre Eligio Ayala y Mariscal López. Asunción. Teléfono: (021) 417-7654.
LA NUEVA LEY TRIBUTARIA: Su segunda pregunta es demasiado amplia. Tendría usted que empezar leyendo la última columna, que la publicamos el pasado jueves 15 de julio de este año en este diario. Y además debería seguir leyendo las próximas publicaciones de este mismo espacio bajo la denominación Consultorio Tributario. Serán numerosas las columnas a ser publicadas sobre esta nueva ley.
Si no desea ir coleccionando dichas columnas una a una, puede entrar en nuestra página web www.rsa.com.py Allí encontrará usted la colección completa. Si necesita asistencia en la búsqueda, puede llamarnos al (0981) 220-198. Le explicaremos con gusto cómo encontrarlas. Por otro lado, si usted prefiere todo lo publicado en 2020 y 2021, puede llamarnos allí y solicitarlo de esa manera. Existen publicaciones impresas y electrónicas bajo el nombre Consultorio Tributario 2020, dice una, y 2021, la otra.
Lo que sí podemos responder hoy es la tercera pregunta.
NUEVOS CONTRIBUYENTES. La nueva ley tributaria incluye como contribuyentes a las estructuras jurídicas transparentes (EJT). Estas estructuras están definidas en la ley como aquellos instrumentos o estructuras jurídicas utilizadas como medio de inversión, administración o resguardo de dinero, bienes, derechos y obligaciones. Son los:
1. Negocios fiduciarios, creados al amparo de la Ley N° 921/1996.
2. Fondos patrimoniales de inversión, creados al amparo de la Ley N° 5452/2015.
3. Uniones temporales originadas en contratos de riesgos compartidos, excluidos los consorcios constituidos para la realización de una obra pública establecidos en el numeral 3 del artículo 2° de la Ley 6380/2019.
ACLARACIONES. Si bien estas estructuras tienen un efecto fiscal neutro en el IRE, porque intermedian entre el negocio que está sujeto a imposición y sus beneficiarios, tienen la obligación de
Proveer un informe anual, al cierre del ejercicio o al momento de la terminación de las empresas jurídicas transparentes (EJT), a los beneficiarios y partes de las uniones temporales, de las operaciones que dieron origen tanto a los ingresos como a los egresos y la documentación de respaldo en la que se basan.
Los representantes, administradores y fiduciarios así como las EJT son solidariamente responsables por el impuesto a la renta que le corresponda al beneficiario o a las partes de las uniones temporales, en caso de que no emitan el informe.
La Ley 6480/2020 creó a las empresas por acciones simplificadas (EAS). Conforme lo expresa la ley, estas empresas deben contar con registros contables y societarios. En materia impositiva, el Decreto 3998/2020 establece que estas empresas están obligadas a liquidar el impuesto a la renta empresarial (IRE). El régimen del IRE que les será aplicado dependerá de la facturación y la naturaleza de la actividad de la EAS.
La liquidación se hará bajo las normas y disposiciones establecidas en el Decreto 3182/2019, que reglamenta el impuesto a la renta empresarial.
(continuará)