El proyecto, que ya tenía media sanción en la Cámara de Senadores, recibió ayer el visto bueno del plenario de Diputados, por lo cual pasa ahora para su promulgación al Poder Ejecutivo.
El texto establece que las estudiantes que se encuentren en estado de gravidez y maternidad gozan de los mismos derechos que los demás alumnos y alumnas en relación a su ingreso y permanencia en las instituciones educativas, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación.
En su artículo 3, la normativa menciona que el estado de gravidez y la maternidad no podrán ser causales de la negación, suspensión, expulsión o cancelación de la matrícula ni de otra medida similar por parte de las instituciones de enseñanza.
Pero el documento no solo prohíbe la sanción y expulsión de las estudiantes embarazadas o con hijos. También indica que la dirección de la institución educativa otorgará las facilidades académicas necesarias para que asistan regularmente a los controles médicos durante todo el periodo del embarazo, posparto y lactancia, hasta que culminen el programa académico.
En cuanto a las ausencias a clases por causa del parto y posparto, se considerarán justificadas, con el certificado médico correspondiente, a los efectos de mantener el porcentaje de escolaridad requerido. Cuando tengan que rendir sus exámenes, la institución educativa deberá establecer un calendario flexible.
El Ministerio de Educación aplicará la ley y deberá notificarla a todas las instituciones educativas, además de elaborar un sistema de control, recibir las denuncias por incumplimiento y establecer las sanciones correspondientes, en tal caso.