07 oct. 2024

Ley que endurece pena por el robo de energía obtiene media sanción

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Debate. Los senadores aprobaron penas más duras para el robo de energía eléctrica.

Gentileza

La Cámara de Senadores aprobó ayer el proyecto del Poder Ejecutivo Que modifica el art. 173 del Código Penal y dispone la incautación y comiso de los bienes asociados a dicho hecho punible. Luego de más de dos horas de debate, hubo 28 votos a favor de la propuesta, que es remitida a la Cámara de Diputados para su análisis. El primer artículo establece que el que sustrae energía eléctrica de una instalación u otro dispositivo empleado para su transmisión o almacenaje, “mediante conductor no autorizado ni destinado a la toma regular de la energía de la instalación o del dispositivo será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa”.

Además, cuando el autor realizara la conducta con fines comerciales, industriales o alguna otra actividad lucrativa, abusando de su posición de funcionario o aprovechándose del apoyo de un funcionario que abuse de su competencia o de su posición; la pena privativa de libertad será de dos a diez años.

En los casos determinados para uso intensivo, “será castigada también la tentativa y la persecución será de oficio”.

Sin embargo, el Ejecutivo también pretendía la incautación y administración de los bienes utilizados o producidos en la realización del hecho punible en favor de la ANDE, como el caso de las máquinas procesadoras de criptoactivos en criptominerías ilegales, pero esta parte del proyecto se dejó de lado.

Estudio. En primer lugar, el senador Derlis Maidana, de la Comisión de Legislación, sugirió la aprobación con modificaciones porque el objetivo es elevar la pena por sustracción de energía eléctrica, el castigo de pena privativa de hasta cinco años o la multa, pero este punto fue dejado de lado, y se aprobó dejar la pena para este caso en hasta tres años de cárcel.

“Se agrega un segundo inciso, donde se hace referencia a los casos graves, fines comerciales, industriales u otra actividad lucrativa, de dos hasta 10 años de cárcel”, explicó el parlamentario.

A su turno, el senador Éver Villalba refirió que las leyes se deben actualizar de acuerdo con las necesidades. “Cuando se sancionó el Código Penal no existía la actividad de criptomonedas, hoy existe. Debemos aclarar que no estamos criminalizando la actividad, sino el uso irregular de la energía eléctrica”, afirmó.

Recordó que existen más de 60 causas en el Ministerio Público porque no hay penas ejemplares, y se establecen medidas alternativas o salidas procesales. “Una sola persona fue condenada”, reclamó.

A su turno, su colega Líder Amarilla dijo que a priori estaba de acuerdo con el proyecto porque se habla de sancionar a la gente que roba energía eléctrica, pero advirtió que “le vamos a meter a la cárcel a la gente que utiliza energía para satisfacer sus necesidades básicas”.

En el mismo sentido habló la senadora Yolanda Paredes y otros legisladores, por lo que la propuesta final fue de tres años de cárcel para los robos con fines no comerciales o industriales.

A su turno, el senador Eduardo Nakayama abogó por “perseguir y matar la criptominería ilegal, la causante de la mayoría de los cortes” de energía eléctrica. “Tienen que ir presos los que le hacen perder millones de dólares a la ANDE. Tratemos solamente el nuevo tipo penal, sustracción con fines comerciales, sobre todo en media y alta tensión, y duplicar la pena cuando el responsable es un funcionario de la ANDE”, dijo.

Los senadores aprobaron extender la pena por robo de energía hasta los 10 años de cárcel, pero hicieron caso omiso a la intención de incautar máquinas de criptomonedas a favor de la ANDE.

Las Cifras 100 millones de dólares es el ingreso que percibirá la ANDE por las criptominerías legales, según reportó la institución.

60 millones de dólares es lo que la ANDE deja de recibir por el robo de las criptominerías ilegales instaladas en el país.

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