27 oct. 2024

“Los jueces que no cumplan con los plazos van a tener que responder”

Presentó un proyecto que tiene media sanción, con lo que elimina la Ley Camacho. Muchos dicen que traerá impunidad, pero el legislador señala que con esta ley los plazos legales tendrán que ser cumplidos.

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Diputado. Derlis Manuel Rodríguez del Partido Colorado, representante de Caaguazú.

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El diputado Derlis Rodríguez Báez presentó varios proyectos que prácticamente modifican el actual sistema procesal penal, entre ellos, la apelación del auto de apertura a juicio oral, y la eliminación de la conocida Ley Camacho, que salvó de la extinción varias causas.

–Diputado: Tiene varios proyectos sobre la Justicia, uno de ellos la apelación del auto de apertura a juicio oral.

–Justamente, eso es un claro atentado al derecho a la defensa. Y con este proyecto no solo habilita la apelación del auto de apertura a juicio, sino también otros temas como recursos contra las providencias de los secretarios, previa reposición, sobre las audiencias telemáticas, la objeción a la resolución del fiscal sobre el archivo o negativa a una actividad probatoria, la que ordena la reapertura de la desestimación o el sobreseimiento provisional. Incluso, contra cualquier otra que fuera prohibida por las leyes. Por eso, no solo es lo del auto de apertura. Porque tenemos que entender que los recursos son parte del derecho a la defensa, y como tal son también parte del principio de la doble instancia o doble conforme. Nosotros entendemos que los jueces son hombres como nosotros, por lo que la revisión es una garantía judicial necesaria.

–¿Entonces, se va a adherir a la opinión de la Corte porque está dividida?

–Así es. Justamente estoy mirando la excepción de inconstitucionalidad que fue resuelta por (Gustavo) Santander con (Víctor) Ríos que entendemos es la posición de la Sala Constitucional al respecto, y ¿por qué utilizar nuevamente ese recurso? Por eso, modificar hoy por ley y hacer que sea un criterio legal general. Eso buscamos.

–Sobre dejar sin efecto la Ley Camacho. ¿Dicen que traería impunidad por el tema de la ley más favorable, incluso pueden salir condenados vía recursos de revisión?

–Nosotros habíamos planteado un proyecto al respecto. Pero no tenemos los cuatro años que nos dice nuestro Código. No podemos establecer cuánto tiempo va a durar un juicio, porque al momento de plantear cualquier recurso o incidente, los plazos se suspenden y se reanudan recién cuando estos se resuelvan. Eso hace que hoy los casos sean sine die. Hoy puede traer la impunidad como lo estamos viendo en varios casos justamente por el doble del plazo. Generalmente, están prescribiendo en estos tiempos y, con esta ley, nosotros lo estaríamos evitando.

–¿Por qué?

–Porque los jueces estarían con mayor responsabilidad al momento de resolver en los plazos que tienen. Les pedimos con esto que los plazos se respeten. Estos están establecidos para resolver, pero no lo hacen. La Corte lo hace por acordada y tenemos que entender que las acordadas son para las cuestiones administrativas nada más, no legales como ellos quieren hacerlo hoy. Mucha gente, cuando hablábamos de este proyecto, nos decía ‘pero si en tal acordada dice que los jueces tienen que cumplir los plazos’. Sin embargo, la Corte no puede hacer eso. Nosotros somos los que estamos facultados a hacerlo. Eso es lo que estamos haciendo para que los plazos se cumplan y con eso vamos a evitar la impunidad. Y, por sobre todo, con esto vamos a tener a los responsables de cómo se vayan desarrollando las causas, y quienes no cumplan van a tener que responder. Con esto, la propia Corte estará dentro de quienes pueden ser sancionados.

–¿Pero un condenado, por la ley más favorable (porque esta evidentemente lo es) puede plantear revisión ante la Corte y salir libre?

–No es posible de manera legal, porque solo el fondo se puede retrotraer, no de forma; y, entonces, acá es de forma. O sea, ese principio es imposible aplicar. La preocupación principal era que los magistrados dicen que no tienen la capacidad. Entonces, lo que necesitamos es establecer un estándar respecto a los plazos y con eso vayamos cumpliendo. Y los jueces que vengan y los que están, pero principalmente quienes vengan, ya sepan dónde van a venir a trabajar, y los fiscales también. Porque son casi 19 o 20 mil personas privadas en libertad hoy. Tenemos prácticamente 15 mil personas sin condenas. En los últimos dos o tres meses el Ministerio de Justicia logró la libertad de casi 200 reos por compurgar la pena mínima. Uno de ellos, ya hacía un año y medio que la cumplió. Por esto también queremos la modificación del artículo 305 sobre la desestimación y que el fiscal tenga solamente 90 días, para impulsar.

–No digo que no tenga un plazo, ¿pero no es poco?

–Realmente es mucho más tiempo. Tiene seis meses en la etapa preparatoria, otros seis meses de plazo extraordinario y mucho más con el sobreseimiento provisional, que puede seguir un año o tres también. Entonces, sí 90 días. Para nosotros, en realidad, en el proyecto principal presenté 30 días hábiles. ¿Este plazo va a ser para que? Para depurar los casos que tiene hoy. Porque voy con un fiscal y te dice tengo mil causas, pero cuántas de ellas son las que están moviendo y son 100 o 50 y 950 están ahí que podían haber tenido una salida procesal hace tiempo y que no tiene. La gente dice que es poco. Sin embargo, nuestra legislación hoy nos dice que tiene que ser de inmediato o 48 horas.

–Pero eso es en caso de detención, pero si no hay detenidos.

–Imagínate lo que está pasando hoy con el tema de (Eulalio) Lalo Gomes mismo, por hablar de un caso más cercano. Lo estaban investigando hacía tres años y medio y para qué si tenían algunos informes nada más, que se pueden conseguir muy rápido. Entonces, varios otros casos donde el Ministerio Público está investigando durante demasiado tiempo y la gente no tiene conocimiento de la investigación que se está haciendo. Eso también creo que es un cambio el que pueda entrar en la investigación. Por eso justamente modificamos el artículo 6 también de la inviolabilidad del derecho de la defensa, para que podamos acceder a la carpeta fiscal. Hoy no se puede, porque no soy parte. No obstante, lo que nosotros hemos modificado por esto y al tener conocimiento, yo puedo ir ser parte en la denuncia o en la investigación en mi contra.

–¿Cambiando el tema, respecto a modificar la edad para registros de conducir?

–Debemos entender que cada sociedad tiene una realidad. Y lo que tenemos hoy en cuanto a la movilidad principalmente en el interior es bastante distinta a la capital, donde no poseen transporte interurbano. Entonces la gente debe movilizarse por sus propios medios y ahí es donde muchos adolescentes hoy, para no decir la mayoría, se trasladan hasta su colegio en motocicleta y están cometiendo un delito los jóvenes y sus padres. Entonces, para que podamos estar legalmente o, en todo caso, aplicamos mano dura para que se cumpla la ley en el primero de los casos. Yo creo que es lo más factible, porque es una práctica común realizada hace muchísimo tiempo, pero que está en contraposición de la ley. Algunos municipios otorgaban nomás luego licencia desde los 16, con venia de los padres. Entonces, lo que queremos es legalizar algo que está nomás luego, pero no es que porque cumple 16 van a poder ir y quitar su licencia, sino que sus padres deberán darle permiso.

Derlis Rodríguez Es natural de Coronel Oviedo. Abogado y contador público. Fue electo como el segundo más votado como representante ante la Honorable Cámara de Diputados por el Departamento Caaguazú por el Partido Colorado. Pertenece al movimiento Honor Colorado. Fue abogado pasillero y, por eso, conoce lo que sufren los colegas, según dice.

No podemos establecer cuánto tiempo va a durar un juicio, porque al plantear cualquier recurso o incidente, los plazos se suspenden y se reanudan recién cuando estos se resuelvan.

Voy con un fiscal y te dice tengo mil causas, pero cuántas son las que están moviendo y son 100 o 50 y 950 están ahí que podían haber tenido una salida procesal hace tiempo y que no tiene.

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