Una madre recurrió a la Defensa Pública para poder actualizar el pasaporte de su hijo de 10 años ante la Embajada de España en Paraguay.
El niño vive en el país sin contar con la documentación “en regla” porque su padre reside en España, de acuerdo con lo expuesto por la progenitora.
Durante una audiencia, la defensora Celina Bernal evidenció la imposibilidad “material” de contar con la autorización de su padre para llevar a cabo el trámite de actualización u otro tipo de gestión.
Asimismo, expuso los artículos 53 y 54 de la Constitución Nacional; los artículos 3, 12, 18 y 27 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño; las 100 Reglas de Brasilia, que garantizan el acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad.
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También invocó el Principio de la tutela judicial efectiva y el artículo 3 del Principio del Interés Superior, cuyo objetivo es el de asegurar el ejercicio del niño a disfrutar de sus derechos y garantías.
El Juzgado de la Niñez y de Adolescencia decidió hacer lugar a la solicitud de la madre y le otorgó un plazo de 90 días para iniciar los trámites ante la Embajada española.