21 sept. 2024

Marito vetó ley de paridad porque no eleva cifra de mujeres en cargos

El presidente de la República rechazó la normativa sancionada por el Congreso al considerar que es inconsistente y que carece de utilidad para lograr la igualdad entre los varones y las mujeres.

Decisión. Presidente  vetó el proyecto de ley  que fue aplaudido por el sector de las mujeres.

Decisión. Presidente vetó el proyecto de ley que fue aplaudido por el sector de las mujeres.

El presidente Mario Abdo Benítez vetó completamente el proyecto de ley de paridad democrática considerando que hubo inconsistencia y que no establece ningún mecanismo adecuado para lograr la igualdad entre varones y mujeres en el país.

La decisión presidencial se dio a conocer ayer desde la Presidencia de la República.

La medida recibió aplausos por parte de representantes de mujeres que cuestionaron las modificaciones realizadas en la Cámara de Diputados y anunciaron que presentarán una nueva propuesta legislativa.

Entre las objeciones esgrimidas por el Poder Ejecutivo está que en el artículo 1 del proyecto de ley no establece ningún mecanismo adecuado ni concreto para lograr los objetivos que se propone guardando inconsistencia entre el nombre de la ley, el objetivo y los nulos mecanismos que plantea en la propuesta sancionada.

De igual manera, recalca que en el artículo 2 establece que el Ministerio de la Mujer y la Justicia Electoral realizarán campañas de concienciación dirigidas a la ciudadanía en general, a fin de eliminar las actitudes discriminativas y estereotipos acerca de las funciones de los hombres y las mujeres. Además de desarrollar programas de capacitación en materia de liderazgo.

“Dichas funciones resultan reiterativas al trabajo que ambas instituciones públicas vienen realizando como parte de su naturaleza jurídica y objetivos específicos”, señala el decreto presidencial. Agrega que “el Ministerio de la Mujer dispone propugnar el protagonismo y la participación de la mujer en el ámbito de la vida política, cultural, familiar, laboral y social”.

En el plano de la función del TSJE y la propuesta sancionada por los legisladores, el Ejecutivo señala que carece de sustento porque es una reiteración del trabajo institucional que viene realizando con anterioridad a la norma aprobada.

representatividad. En el veto presidencial se hace referencia al artículo 3 del proyecto en lo que respecta a que un porcentaje del aporte anual del Estado recibido por los partidos y movimientos políticos vaya destinado a la capacitación, promoción y desarrollo de liderazgo político de las mujeres.

“No establece ningún mecanismo concreto para incrementar el número de mujeres en cargos de representación y ninguna obligación a los partidos políticos, en ese sentido, resulta inocuo alterar la normativa, subvalorando la formación y capacidad que ya tienen las mujeres al interior de los partidos políticos”, sentenció el Ejecutivo.

Recalcó que es pertinente la objeción total del proyecto de ley de paridad porque resulta incoherente entre el objetivo y su contenido.

“Los actos normativos deben reunir ciertas características para que los mismos sean eficaces, por lo que resulta importante que la forma y el contenido puedan garantizar su funcionalidad, puesto que así como se encuentra establecida se desvía de lo sustantivo contemplado en el objeto, por lo que promulgarla carecería de utilidad”, señala el documento oficial.

Sostiene que las disposiciones normativas deben responder a una necesidad concreta, como el aumento de la participación de la mujer en los espacios de decisión con el fin de mejorar la calidad de la democracia en el Paraguay y en consecuencia tener sociedades más justas e igualitarias”.

Fue a instancias de la Cámara de Diputados donde se aprobó y se ratificó en su versión en cuanto al proyecto de ley de paridad. El debate generó una fuerte polémica y discusión por parte de algunos sectores de la sociedad que lo consideran completamente inconstitucional.

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