El carril exclusivo para los colectivos se implementó para mejorar la circulación de las unidades del transporte público en la ruta PY03, más conocida como ex Transchaco, desde el desvío del Puente Remanso, en Mariano Roque Alonso, hasta el túnel Semidei, en Asunción.
Tras un periodo de concienciación para los conductores, la Patrulla Caminera comenzó a sancionar desde el pasado lunes a los conductores que no respeten esa disposición del tránsito en la zona.
De acuerdo a los datos del Ministerio de Obras Públicas (MOC), en la primera semana se registraron 54 multas a conductores de vehículos particulares que circulaban por el carril exclusivo de buses. La sanción es de 10 jornales mínimos (G. 1.030.000).
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En tanto, se registra un 100% de acatamiento por parte de las empresas de transporte que transitan por la arteria, según la cartera estatal.
El inspector Arnaldo González, de la Patrulla Caminera, informó que durante el primer día de aplicación de multas, el lunes 22 de enero, sancionaron a 8 conductores particulares, el martes se registraron 7 infractores, el miércoles 11, el jueves 23 y durante el viernes sumaron otras 5 multas.
“Si bien tuvimos infractores todos los días, destacamos un mayor acatamiento por parte de la ciudadanía. De todas formas, instamos a los automovilistas y conductores de motos a respetar las señalizaciones del carril único porque es así como este bien común nos beneficiará a todos”, manifestó González.
Por su parte, el viceministro de Transporte, Guido Benza, mencionó que durante esta semana, se observó un alto cumplimiento por parte de las empresas de transporte que circulan por el tramo del carril único.
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En ese contexto, recordó que respetar este espacio dedicado a buses impacta positivamente en el ahorro de tiempo de viaje de los pasajeros gracias al desplazamiento más rápido de buses. “Los usuarios de transporte están ahorrando 20% de tiempo en sus viajes”, subrayó.
Las empresas permisionarias del área metropolitana de Asunción que no respeten el carril único recibirán una multa de 20 jornales mínimos (G. 2.061.820), aplicada por el Viceministerio de Transporte mediante el departamento de Fiscalización y Control de la Dirección Metropolitana de Transporte, según la resolución N.° 07/2024.