03 mar. 2025

MEC advierte con “consecuencias civiles o penales” a directores que hagan denuncias por comida en mal estado

Una circular del Viceministerio de Educación Básica amenazó a directores de las instituciones públicas con “consecuencias administrativas, civiles o penales” si realizaban denuncias sobre el almuerzo escolar en mal estado por fuera de lo que dispone el documento, que pide reportar solamente a través de planilla.

almuerzo escolar en Ñemby

Procedimiento de control a una escuela que recibió el almuerzo escolar en el marco del programa Hambre Cero.

ARCHIVO.

Se trata de la circular VEB N° 2/2025 firmada en fecha 19 de febrero de este año por David Velázquez, el viceministro de Educación Básica, en la cual “aclara” las consultas sobre las funciones de los directores y encargados de despacho de las escuelas públicas en el marco de la ejecución del programa Hambre Cero.

El documento firmado por el alto funcionario del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) enumera cuatro puntos y hace una observación final, donde amenaza con consecuencias administrativas, civiles o penales, si ellos “asumen funciones que no están ordenadas o prohibidas” por la cartera estatal.

El Viceministerio establece en el primer punto las funciones de los directores.

Lea también: Directora de MRA es denunciada tras informar sobre almuerzo escolar en mal estado

Entre ellas, en el inciso d, establece que la cantidades de raciones recibidas para el almuerzo escolar se deben reportar en el RUE, en un módulo denominado Recepción de Alimentación Escolar, y que en caso de que no se pueda cargar esto de forma diaria, será de forma quincenal bajo autorización del Consejo Nacional de Alimentación Escolar (Conae).

Si los alimentos poseen mal aspecto u olor desagradable deben especificar en el espacio de observaciones, según establece el segundo punto.

El RUE es un programa digital del MEC, donde se cargan planillas y que contienen datos de los estudiantes, trámites, entre otros.

Además, la circular expone lo que no es atribución de los directores, sino competencia de la empresa proveedora. Ellos no pueden determinar la calidad de la comida y tampoco hacer seguimiento de las quejas ante las quejas.

En el tercer punto resalta que tampoco es responsabilidad de los directores los alimentos que sobraron.

“Solo la empresa proveedora del servicio en coordinación con el ente administrador de contrato (Gobernación o MDS) puede determinar su destino. Los directores o encargados de despacho no tienen atribuciones para intervenir en la decisión sobre el destino de los sobrantes”, explaya.

Más detalles: Hambre cero: Proveedora pide investigar denuncia en escuela de Mariano Roque Alonso

Tras la polémica que se desató en la Escuela San Jorge de Mariano Roque Alonso, por la entrega de Comepar de alimentos en mal estado a la institución educativa denunciada públicamente por una mamá y reforzada por la directora de la institución educativa, Mercedes Jacquet, esta fue denunciada por la firma. Le atribuyeron la supuesta manipulación indebida de los alimentos.

NPY mostró en una transmisión en vivo, durante una visita a dicha escuela el caldo de cerdo con mal aspecto que se sirvió a los niños y se denunció que incluso enfermó a uno de los alumnos y a una mamá que probó el alimento. El hecho saltó el 27 de febrero de pasado.

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