03 may. 2025

Menores de 17 están desprotegidos en casos de abuso, refieren profesionales

Analizando el artículo del hecho punible de estupro, este especifica que afecta solo a adolescentes de entre 14 a 16 años, pero no explica cómo están protegidos los menores de 17 años.

“Queda una laguna a la edad de 17 años. Un año queda en laguna jurídica, ya que es todavía menor. Son cuestiones que la Comisión de Reforma debe estudiar”, consideró al respecto la fiscala Patricia Aquino.

Cómo se actúa en esos casos es el gran interrogante, pues ya no sería estupro. Si el hecho afecta a menores de 14, son niños y se habla de abuso sexual en niños; luego, con el estupro, ingresan los adolescentes solo hasta los 16 años.

“Si una madre se acerca y quiere denunciar que su hija de 17 años tiene una relación con un adulto, yo ya estaría impedida de accionar en este momento, porque en la redacción no está estipulado”, cuestionó Aquino.

Pese a que los menores de 17 no estén estipulados en esa ley, se les incluye también cuando no son protegidos por sus padres, que cuentan con esa responsabilidad. Ya sean padres o tutores, que consientan la relación, incurren en una violación del deber de cuidado o educación.

Por su parte, Bettina Ovando, defensora de la niñez, se refirió a la sanción de multa: “Parecería que la sanción de multa no es la esperada en delitos sexuales cometidos a una persona menor de edad”.

Ovando insistió en que se cuenta con una laguna jurídica en cuanto a la edad de las víctimas. “Son materia que merece un profundo estudio, ya que el Código Penal hace referencia a edad biológica, sin considerar la madurez, ya que es bien sabido que una persona puede tener una edad biológica determinada y de una pericia sicológica puede inferirse una edad madurativa por debajo a su edad biológica”, concluyó la profesional.