Luis Orué, viceministro del Trabajo, también recordó que el aguinaldo es inembargable, o sea, no se pueden realizar descuentos del mismo bajo ningún concepto. Agregó que las empresas que no abonen el 13er. salario antes del 31 de diciembre, como estipula el Código Laboral, se exponen a multas que oscilan entre 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador.
Por tanto, los trabajadores que no perciban este pago hasta el 31 de diciembre pueden denunciar el hecho ante el Ministerio del Trabajo, que ordenará la fiscalización de las empresas denunciadas y su posterior sumario. Alegó que cuanto más trabajadores tienen las firmas que incumplen con este derecho laboral, mayor es la multa a la que se exponen, porque por lo general al realizar la fiscalización, se constata la violación de otras normas laborales como la provisión de uniformes, el incumplimiento de la seguridad laboral y aspectos similares.
Orué señaló que la concienciación y la capacitación que realizaron el año pasado sobre este punto pudo haber atenuando la cantidad de denuncias sobre el no pago de aguinaldo recibidas en enero de este año, en que solo 80 incumplieron este derecho en todo el país. “De estas 80 empresas denunciadas, 59 llegaron a un acuerdo y los casos restantes fueron judicializados, por tratarse de denuncias de trabajadores no dependientes”, adujo.