Las resoluciones serán para aquellas empresas que pidieron suspensiones con goce de sueldo equivalente al 50% o un salario mínimo completo, dijo.
A la fecha, el Mtess recepcionó más de 50 pedidos de suspensión laboral, que afecta a más de 2.000 trabajadores, según los datos oficiales.
Existen dos tipos de suspensión de contrato laboral, la parcial y total.
En ese sentido, Bacigalupo explicó que la suspensión parcial prácticamente será entregada sólo a las Mipymes, debido a ser el sector más vulnerable a los impactos del coronavirus.
Los trabajadores de las mipymes recibirán el subsidio del 50% del salario mínimo vigente (G. 1.096.419) a través del IPS, que será la institución que administrará USD 100 millones para dicho fin, provenientes del endeudamiento de USD 1.600 millones previsto en la ley de emergencia.
En tanto, la suspensión total será para las grandes empresas afectadas por la pandemia, pero bajo la condición de que estas se comprometan a abonar por lo menos el 50% del salario a sus funcionarios.
Las resoluciones de la suspensión de contratos, y las reducciones de los salarios como efecto, recién impactarán en las remuneraciones de abril para adelante, ya que el salario perteneciente a marzo será abonado casi normalmente por las empresas.
“Las empresas optaron por recurrir a ciertas herramientas para no tener que despedir a sus funcionarios, pese a la paralización de sus actividades, pagando vacaciones remuneradas, dar teletrabajo, anticipar el salario, pagar aguinaldo proporcional ya causado, entre otros. Gracias a eso se está pagando normalmente los salarios de marzo”, explicó Bacigalupo.
Gestión. Las empresas que deseen aplicar la suspensión de contrato laboral deberán realizar la gestión a través de la página web del Ministerio de Trabajo, iniciando el proceso dando click al icono “Suspensión de Contrato”, ubicado en la parte izquierda de la página, en letras rojas.
Tanto las grandes empresas y las mipymes interesadas deberán llenar un formulario y adjuntar ciertos documentos.
Se solicitan los datos de la empresa, los datos personales del representante legal, motivo del pedido de la suspensión, cantidad de trabajadores afectados, fecha del inicio y culminación de la suspensión, y la dirección y teléfono de la sucursal en la que se encuentran los trabajadores afectados.
Asimismo, se piden adjuntar ciertos documentos como: la nómina de trabajadores afectados, con los respectivos datos de cada uno; la notificación de aviso de inicio y terminación de la suspensión a los trabajadores, la justificación expresa de las causales invocadas.
Además de estas documentaciones, las grandes empresas (no las mipymes) también deben adjuntar la copia autenticada del balance general de los últimos 3 años, la declaración de IVA de los últimos 12 meses, y un plan de reactivación económica de la empresa.
Tanto el formulario y las documentaciones deberán ser enviadas a uno de los diez correos habilitados -también disponibles en la web-, a través del cual el solicitante será guiado en línea. La resolución es expedida en 10 días máximos a las grandes empresas, y en 5 días a las mipymes.