Salud Pública deroga la resolución N.º 394/1993 “Por la cual se aprueba el listado de medicamentos a ser comercializados dentro y fuera de farmacias”, y establece la venta de medicamentos exclusivamente en farmacias habilitadas por la cartera sanitaria.
La medida adoptada resuelve que dejará de utilizarse la denominación “Venta libre dentro y fuera de farmacias” en los Registros Sanitarios, que será reemplazada por la inscripción “Venta libre en farmacias”, a excepción de los suplementos dietarios.
De esta manera, queda restringida desde la fecha la comercialización de medicamentos, en las calles, supermercados y despensas en general.
“El incumplimiento de lo establecido en la presente resolución será considerado como ejercicio ilegal de la farmacia, sin perjuicio de las sanciones establecidas en la normativa vigente”, señala el comunicado del Ministerio de Salud difundido este miércoles.
La resolución se da tras el reporte de 29 intoxicados por el consumo de medicamentos con dextrometorfano, la mayoría de los casos están vinculados a la automedicación.