09 abr. 2025

Ministro del Interior no cree necesario declarar estado de excepción en Amambay

El ministro del Interior, Euclides Acevedo, señaló que no existen las condiciones exigidas por la Constitución Nacional para declarar en estado de excepción al Departamento de Amambay. El proyecto de declaración debe ser tratado este martes por la Comisión Permanente del Congreso Nacional.

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El ministro del Interior, Euclides Acevedo, informó al presidente de la República, Mario Abdo Benítez, acerca de la situación en el Norte del país.

Foto: @PresidenciaPy

A su salida del Palacio de Gobierno, el ministro del Interior, Euclides Acevedo, se refirió sobre el proyecto de declaración de estado de excepción en Amambay, propuesta planteada ante el clima de inseguridad por la fuga masiva de 76 presos de la Penitenciaría de Pedro Juan Caballero.

Acevedo indicó que no están dadas las condiciones exigidas por la Constitución Nacional para declarar un estado de excepción. “Debe existir conmoción social, acá nadie ha sido sobrepasado”, mencionó.

Agregó que una semana atrás, cuando se hizo el pedido, había otra temperatura, diferente a la actual. Y que dicho punto será expuesto dentro de la recomendación que emita el Poder Ejecutivo desde la Asesoría Jurídica, informó el periodista de Última Hora Roberto Santander.

El secretario de Estado recordó, además, que con la Ley de Emergencia Penitenciaria, actualmente ya se autoriza la intervención de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en las inmediaciones de las penitenciarías para garantizar la seguridad.

Nota relacionada: Llano presenta proyecto para declarar estado de excepción en Amambay

Este martes, la Comisión Permanente del Congreso Nacional analizará el proyecto que establece un estado de excepción por el término de 45 días, contados desde su promulgación para el Departamento de Amambay.

El proyecto fue presentado por los senadores Blas Llano, Fernando Silva Facetti y Abel González, quienes solicitaron su tratamiento de urgencia.

Se habla de estado de excepción en el artículo 288 de la Constitución Nacional, en su título tercero, donde se establece que el Estado tiene la atribución de detener o trasladar a cualquier persona indiciada al motivo de la declaración.

No obstante, desde 2013, cuando se modificó la Ley de 1337/99, De Defensa Nacional y Seguridad Interna, se instituyó la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) mediante el Decreto 103/2013.

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La intención de la creación de la FTC es sustituir la medida de estado de excepción en situaciones de extrema gravedad, para que el presidente de la República pueda decidir el empleo transitorio de combate de las Fuerzas Armadas de la Nación.

La semana pasada se produjo el hallazgo de un túnel en el predio del penal de Pedro Juan Caballero, tras lo cual saltó a la luz la fuga de una masiva cantidad de reclusos del lugar, en el que se sospecha que estuvieron involucrados guardiacárceles.

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