Ante esto, recomienda requerir a la empresa proveedora la lista de materiales de software, definir el modo de intercambio y realizar un riguroso análisis de esta, con el fin de mantener visibilidad sobre los avisos de seguridad que indican si un artefacto o producto incluido en la lista de materiales se vieron afectados por una vulnerabilidad o vulnerabilidades conocidas. Profundizar las pruebas técnicas (testing), empoderando al personal técnico del TSJE, para que la institución cuente con los recursos y la capacidad para poder constatar la seguridad y eficiencia del sistema en cada momento, especialmente antes de cada evento electoral.
Definir una estrategia para la gestión de riesgos del voto electrónico y desarrollar los procedimientos respectivos, de conformidad con estándares internacionales.
Sobre los boletines de votación, recomienda que la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación del TSJE realice un control de calidad de los chips antes de que lleguen a las mesas receptoras de votos. Además, que verifique los chips que se emplearán durante la jornada electoral y se constate la fortaleza del cifrado.
En otro orden, también propone iniciar un debate nacional sobre cómo incrementar la participación política de las mujeres y evaluar el impacto del sistema de listas desbloqueadas para la participación de estas, y avanzar en la legislación electoral hacia la paridad con alternancia aplicable a todos los cargos electivos.
otras sugerencias de los observadores
Sobre mujeres. Destinar un porcentaje fijo de los aportes recibidos por las agrupaciones políticas para fortalecer capacidades y liderazgos de mujeres a través de la formación y capacitación.
Los medios. Analizar la viabilidad de asignar a un órgano administrativo independiente al gobierno la facultad de supervisar las normas relativas a los medios de comunicación en períodos electorales.
Encuestas Prever el cumplimiento estricto de la legislación que prohíbe la publicación de encuestas y resultados de bocas de urna fuera de los períodos en que autoriza la ley electoral.