Los resultados de las recientes elecciones generales, que de nuevo dejaron en absoluta minoría y desventaja a las mujeres en cuanto a los cargos electivos, reafirman la necesidad de superar obstáculos legales y culturales respecto a una participación equilibrada entre mujeres y hombres en los espacios de toma de decisión, reflexiona Marcela Zub, aboga y especialista en derechos humanos.
El próximo periodo legislativo tendrá solo 8 senadoras, dos menos que en el periodo a poco de fenecer, y las 17 gobernaciones estarán dirigidas por hombres en los próximos 5 años; en tanto que en Diputados se proyecta que de 12 bancas actuales ocupadas por mujeres, la nueva composición incluya solo a 9 legisladoras. “Paraguay mantuvo desde 1992 un crecimiento pequeño pero constante en el número de mujeres en cargos electivos y sobre esa base ya se habían realizado estudios que mostraban que la paridad (50% hombres, 50 % mujeres) recién la alcanzaríamos en las elecciones del 2083", advierte la especialista.
Así, en 1998 el porcentaje de mujeres en el Parlamento fue de 8%; en el 2003, 10,4%; en 2008, 13,6 %, y en el 2013, 16,8 %. Aunque entre el 98 y el 2014 se duplicó la presencia de mujeres en el Parlamento Nacional, considerando un promedio entre ambas cámaras, significó alcanzar apenas el 16,8%. Según un análisis realizado por el Centro de Documentación y Estudios (CDE), actualmente la presencia de mujeres no llega al 30% en ninguna instancia de poder político en Paraguay.
Si bien las mujeres se candidatan en porcentajes cercanos o superiores al 40%, son electas en porcentajes que no superan la mitad de aquellos en los que se candidatan. Esto indica que no ocupan los primeros lugares de las listas electorales, salvo contadas excepciones, como se ha vuelto a dar para los recientes comicios del pasado 22 de abril. “Los datos actuales muestran que el pequeño crecimiento de los últimos 15 años en el porcentaje de mujeres que llegan al Parlamento se ha frenado”, resalta Zub, lo que refuerza la necesidad de contar con una ley de paridad democrática que establece la participación y representación paritaria de mujeres y hombres en los cargos de elección, designación y en la selección del funcionariado y en las organizaciones intermedias.