Según el magistrado, la conducta de la abogada “consistió en haber presentado en reiteradas ocasiones actuaciones de carácter dilatorio, menoscabando el trámite ordinario que debe regir en todo proceso y considerando la recusación formulada por la misma en contra de éste Magistrado, carente de contenido y fundamento”.
La misma recusó al juez, y mientras se tramitaba la recusación presentó varios urgimientos, pese a que el magistrado no podía resolverlos, porque estaba recusado.
“Si bien, todos estos planteamientos hacen a cuestiones de índole netamente procesal, nótese que la citada profesional se hallaba en pleno conocimiento de la imposibilidad de éste Magistrado en expedirse sobre todas sus pretensiones, ya que como es sabido ante un estado de recusación expresada contra éste Magistrado“, alega.
Además, tampoco asistió a la audiencia preliminar, sin que haya justificado su inasistencia, refiere el magistrado, que citó a la profesional el pasado 13 de setiembre para escuchar el descargo de la profesional.
Con ello, declaró a la profesional litigante de mala fe, por lo que le impuso una sanción disciplinaria de 50 jornales, equivalentes a G. 5.381.350, que deberá abonar una vez firme la resolución.
En el caso, hay varios acusados que habrían facilitado el lavado de dinero de la organización criminal liderada por Jarvis Chimenes Pavão.