En las últimas semanas, están exponiendo los vicios en la contratación de funcionarios públicos de ambas cámaras del Congreso, pero que, con honrosas excepciones, están presentes en todas las instituciones públicas. Vicios como el nepotismo, el clientelismo, el amiguismo, etc. que arrastramos hace décadas, herencia cultural arraigada en la práctica política y en la gestión del Estado.
Es necesario que los líderes políticos comprendan los daños que causan estas prácticas al funcionamiento del Estado y a su legitimidad como institución fundamental en la organización de la sociedad. Como punto de partida, vale recordar que el Estado surge de la necesidad de cooperación entre los ciudadanos para resolver ciertos problemas públicos, como los de acordar e imponer reglas de conducta, la resolución de conflictos y de proveer bienes y servicios públicos como seguridad, justicia, educación, salud, etc., de la mejor calidad al menor costo posible, compartiendo estos costos entre todos los ciudadanos de manera equitativa, a través de una tributación obligatoria y eficiente.
Proveer servicios de la mejor calidad al menor costo posible requiere organizar el Estado de forma eficiente, aprovechar la tecnología disponible, contratar las personas más idóneas en cada puesto y comprar los insumos de mejor calidad; todo esto al mismo tiempo de minimizar el costo para los ciudadanos. Si nos focalizamos en la contratación de personas, la pregunta es, ¿cómo logramos que todas las instituciones del Estado contraten a personas idóneas para cada puesto y en la cantidad estrictamente necesaria, minimizando el costo para los ciudadanos? Requerimos diseñar, reglamentar y aplicar un sistema de contratación que permita lograr estos objetivos. Priorizar a los parientes, a quienes trabajaron en la campaña política o a los recomendados de amigos, difícilmente sea el mejor mecanismo. El único sistema que puede tener el resultado más cercano al óptimo es la contratación a través de concursos públicos de méritos y aptitudes, o sea un sistema de competencia pública meritocrática entre los postulantes a cada puesto.
Muchos argumentan que la Ley 1626 ya prevé la realización de concursos para la contratación de funcionarios. Sin embargo, lo que está siendo explicitado por la prensa y la experiencia observada en más de 20 años de vigencia, nos muestran que ha sido absolutamente ineficaz para lograr los objetivos. Esta no rige para todo el sector público por varias acciones de inconstitucionalidad presentadas y en la mayoría de los casos es eludida a través de diversas tácticas. Por ejemplo, la incorporación inicial como contratados para trabajos supuestamente temporales, con renovaciones sucesivas de contratos para su posterior traspaso como permanentes a través de programas de desprecarización, aprobados en las leyes anuales de presupuesto. En otros casos, las entidades realizan concursos internos amañados, con poca publicidad. Por otro lado, interpretaciones judiciales consideran estables a contratados a partir de la segunda renovación de sus contratos; estos son como funcionarios permanentes de segunda.
Es necesaria una nueva ley que regule rigurosamente el ingreso y la permanencia en la función pública, además de un plan de carrera y un mecanismo eficiente de reajustes de las remuneraciones, con un régimen basado exclusivamente en méritos, aptitudes, honorabilidad y desempeño, buscando así asegurar la idoneidad. Esta, debe corregir los defectos de la ley actual, para lo cual, todos los funcionarios permanentes y contratados, deben ingresar y ser promocionados exclusivamente a través de concursos realizados por el Viceministerio de Capital Humano del Ministerio de Economía, con una gran publicidad de las convocatorias, especificando claramente los requisitos y las pruebas requeridas. Además, dado el arraigo cultural de los vicios actuales que deben ser prohibidos expresamente con castigos ejemplares en caso de no observancia, incumplimiento o simulación para eludirlos. ¿Será posible algo así en nuestro país?