El senador colorado Enrique Riera sostiene que su proyecto de ley, que modifica el Código Penal y aumenta las penas para los que cierren las rutas, busca “mantener funcionando el país y la democracia”.
Queda claro que los cierres de rutas con fines extorsivos son inadmisibles, que matan al trabajo y la libertad de las personas; y también queda claro que es el Estado el que debe garantizar la no vulneración de derechos fundamentales.
Sin embargo, el aumento de las penas como pretende el senador no es una solución al complejo problema que nos afecta, pues se parece mucho a una medida sesgada, dedicada sobre todo para un determinado sector de la gradería electoral. Eso es inadmisible, el Congreso Nacional no merece ser reducido a una imitación de una cancha de fútbol, donde gana la hinchada que grita más alto.
Los cortes de ruta se iniciaron hace cerca de un mes, tras la imparable suba de precios de los combustibles, como una consecuencia directa del conflicto entre Rusia y Ucrania. Ante los efectos negativos en los precios, trabajadores del volante, camioneros, conductores de plataformas de viajes, taxistas y deliverys, y otros, comenzaron las manifestaciones y los cortes en rutas, calles y avenidas.
Riera dice que su planteamiento es solamente reglamentar un artículo constitucional, defendiendo el postulado de que el derecho de uno “termina donde empieza el del otro”. El principal cuestionamiento ante esta afirmación es que la Constitución Nacional establece muy claramente como una garantía el derecho a manifestarse, por lo que el proyecto, también conocido como Riera-Zavala, violaría dicha garantía. En un estado de derecho eso no se ve bien.
Como muy correctamente formuló el abogado penalista Ricardo Preda, en el proyecto es visible un error grosero, porque primero, tocan el artículo 216 del Código Penal y están vinculadas a la seguridad y a proteger la vía, “no tiene nada que ver con cerrar rutas”. Fue muy enfático al explicar que la aplicación de la ley no es despejar las rutas, sino llevar la cuestión a un juicio.
Debemos enfatizar que el Estado y las Fuerzas Públicas disponen de todos los instrumentos para impedir el cierre de una ruta, por lo tanto, aumentar las penas no solamente no corresponde sino que además no garantiza la solución del conflicto que causó el corte de la ruta.
La Constitución garantiza el derecho a manifestarse, dentro de la ley y fuera de la sinrazón de la violencia, pero prohibir protestas ciudadanas no solo va contra la Constitución sino que equivale a una regresión autoritaria. No es posible relativizar la aplicación de la ley o la interpretación de las mismas; para ciertos sectores resulta fácil condenar una medida de fuerza de un determinado grupo que cierra una calle por un reclamo social, pero el desafío para los mismos será que condenen y pidan penas de cárcel cuando el presidente de la ANR cierra la calle 25 de Mayo por un mitín colorado frente al local partidario.
Se debe aprender a legislar, por lo tanto, basados en una perspectiva más lógica, se debe legislar con el sentido común y no con meras emociones o visiones sesgadas que violan principios esenciales de nuestra sociedad.
Los cierres de ruta son extorsivos y vulneran derechos, pero la respuesta a ellos no está en vulnerar garantías constitucionales. Valga sin embargo este debate para enfatizar que las Fuerzas Públicas deben hacer su trabajo cuando corresponde para permitir el libre tránsito. Pero que quede claro: Criminalizar el ejercicio de una garantía constitucional como la de manifestarse libremente no resolverá el problema de fondo.