02 feb. 2025

Nueva Ley de la Función Pública

Días atrás fue promulgada la Ley 7445/25 De la Función Pública y del Servicio Civil, para reemplazar a la Ley 1626/2000, que nunca rigió plenamente por las acciones de inconstitucionalidad presentadas y por la debilidad de la institución creada para aplicarla.

En las últimas dos décadas, en varios artículos me referí al tema, debido a que la arraigada cultura de clientelismo político en la gestión pública ha generado superpoblación de funcionarios, gran parte de ellos sin aptitudes suficientes para desarrollar las funciones requeridas, lo que resulta en servicios públicos de mala calidad. Asimismo, la ausencia de reglas claras para fijar o reajustar remuneraciones, así como de un plan de carrera para los funcionarios, tuvieron como resultado inequidad salarial y reajustes salariales generales decididos con criterios electorales en el Congreso, cuyo pico entre el 2012/2013 tuvo un costo de USD 800 millones anuales que sigue afectando las finanzas públicas. Por lo tanto, debemos evaluar los méritos de la nueva Ley en función a su idoneidad para superar las debilidades que volvieron ineficaz la ley anterior para incorporar la meritocracia en la función pública y generar una evolución razonable del gasto salarial del Estado, ya que ambas cosas redundarán en una mejor calidad del gasto y de los servicios públicos a la ciudadanía al menor costo posible.

La nueva ley reconoce la competencia regulatoria a entidades de rango constitucional para salvar las inconstitucionalidades reclamadas a la ley anterior. En el Poder Ejecutivo, la autoridad regulatoria y de aplicación será el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); en las demás, la máxima autoridad de cada institución. Por otro lado, reconoce la vigencia de las carreras especiales definidas por la Constitución o leyes especiales, como la judicial, docente, diplomática, militar, policial, de investigación, y otras; las cuales se regirán por sus propias leyes. Tomando datos de aportantes a la Caja Fiscal, esta ley afectará apenas a un tercio del total de funcionarios públicos. Por lo tanto, de existir criterios dispares entre entidades regulatorias o las carreras, persistirán o se ampliarán las diferencias. Se debería realizar un estudio de brechas entre las distintas carreras e incluir en la agenda las adecuaciones de los demás marcos legales, porque la idoneidad y la meritocracia son más críticos aún en las carreras especiales porque afectan directamente la calidad de servicios críticos como educación, seguridad ciudadana y justicia.

Además, establece el concurso público como único medio legal de ingreso a la función pública, sea como permanente o contratado. Esto es un avance porque elimina las excepciones a ciertos tipos de contratados de la ley anterior que eran utilizados para evitar los concursos. Sin embargo, no prevé la obligación de amplia publicidad de llamados ni mecanismos para garantizar transparencia y equidad en la evaluación y selección de candidatos, lo cual es muy importante para evitar o limitar los concursos direccionados.

Por otro lado, el MEF, una institución altamente competente, tiene un poder rector sobre la política de remuneraciones de todo el sector público, con lo cual se podrían mantener relativamente ordenadas las estructuras y los ajustes salariales. Esto es importante y será efectivo en la medida en que los parlamentarios no utilicen su poder de legislar para determinar reajustes salariales generales o crear cargos en los presupuestos anuales. Además, dado su ámbito de competencia, el MEF podría regular dentro del Poder Ejecutivo la amplia publicidad obligatoria de los llamados a concursos públicos y establecer mecanismos transparentes y objetivos de evaluación y selección de candidatos, y controlar estrictamente su aplicación para asegurar resultados y generar credibilidad.

La nueva Ley 7445/25 representa algunos avances, pero las reglas no cambian sustancialmente. Dada la complejidad institucional, tal vez lo más importante sea su mayor aplicabilidad y para ello se aceptó un alcance acotado. La vigencia efectiva de la meritocracia seguirá dependiendo de las autoridades de cada entidad autónoma y de la gestión de las carreras especiales, pero los avances más concretos se verán en las áreas bajo competencia del MEF, una institución comprometida con los objetivos de la Ley.

Más contenido de esta sección