La aceleración de la transformación digital del comercio y la sociedad es una realidad indiscutible que se ha intensificado por efectos de la pandemia. Dentro de este contexto, los avances y la aparición de nuevas tecnologías y métodos de intercambio en el comercio plantean a su vez ciertas cuestiones relacionadas a la seguridad de las transacciones efectuadas por medios electrónicos.
Considerando el impacto de la tecnología en actividades comerciales, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Cnudmi) ha elaborado un conjunto de textos legislativos con miras a facilitar el comercio digital, buscando adaptar y permitir desde el punto de vista jurídico las tecnologías emergentes, así como el comercio transfronterizo sin papel, a fin de modernizar y armonizar las reglas del comercio a nivel internacional. Si bien los textos de la Cnudmi pueden ser adoptados por los estados textualmente, con modificaciones, o simplemente pueden usarse como una guía para redactar legislaciones, no obstante, en un grado u otro proporcionan un entorno legal sólido y coherente dentro del cual los distintos operadores económicos pueden comerciar de manera segura y fiable. A nivel nacional, un número de estos textos han sido adoptados en Paraguay mediante leyes basadas por lo menos en parte en, por ejemplo, la Ley Modelo de sobre Comercio Electrónico y la Ley Modelo sobre las Firmas Electrónicas.
El recientemente aprobado proyecto de ley “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, el documento electrónico y el documento transmisible electrónico”, más allá de las cuestiones discutidas en relación al controvertido Art. 103, busca regular servicios de confianza electrónicos de significativa importancia y trascendencia que permitirán acelerar la transformación digital del país y avanzar hacia una economía digital, generando seguridad jurídica para los usuarios y garantizando transacciones electrónicas más eficientes.
En caso de ser promulgada por el Ejecutivo, Paraguay se convertiría en el cuarto país a nivel mundial en adoptar un texto basado en la Ley Modelo de la Cnudmi sobre documentos transmisibles electrónicos del 2017 (Mletr). El proyecto de ley contempla también provisiones basadas en otros textos relacionados al comercio electrónico tales como la citada Ley Modelo de la Cnudmi sobre Comercio Electrónico y la Convención de las Naciones Unidas sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales. Esto no solo potenciaría el comercio electrónico a nivel nacional, sino que también generaría ventaja a nivel regional, convirtiéndose Paraguay en modelo de implementación de regulaciones de este tipo, allanando incluso el camino en otros países de Latinoamérica con interés en promulgar legislaciones similares.
Como marco regulatorio de documentos transmisibles electrónicos, cabe resaltar que tales tienen especial relevancia en determinados sectores del comercio, como el transporte, la logística y las finanzas, además de ser un elemento fundamental de un entorno comercial en el que se prescinda del papel, lo que puede contribuir de manera significativa a facilitar el comercio transfronterizo y la competitividad en el mercado local.
La implementación de la discutida ley es también una herramienta esencial para la implementación de estándares de seguridad necesarios para resguardar la integridad de las transacciones que se buscan regular, evitando de este modo la propagación de operaciones fraudulentas y favoreciendo la retracción de ciertas vulnerabilidades que hoy en día afectan al sistema de operaciones financieras por vía electrónica.
Es así, que la adopción de estándares internacionales de seguridad para las transacciones financieras no solo otorgaría soluciones de interoperabilidad con otras entidades financieras del exterior, sino que también crearía la seguridad y certezas necesaria para afianzar la economía digital del país, colocando a Paraguay, en este contexto, un paso al frente de otras economías en la región en materia de comercio electrónico.