La propuesta de normativa que modifica del Código Electoral (Ley 834/96) en su artículo 332, de modo a establecer sanciones para quienes no votan, tiene media sanción por parte de la Cámara de Senadores.
Decidamos y Semillas para la Democracia señalan que esta propuesta “se excede gravemente al violentar derechos e impedir trámites de legalización de diversos documentos, en caso de no ir a votar y no pagar la multa”.
La propuesta de ley establece una sanción pecuniaria de G. 44.000 para quienes no ejerzan sus derechos al sufragio.
Las organizaciones consideran, además, que este tipo de normas son violatorias del derecho a una vida digna y del derecho al trabajo; y además se impide el legítimo derecho ciudadano a tramitar documentos de legalización varios.
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Por otro lado, indican que no se promueven iniciativas que garanticen el derecho al voto como el transporte público gratuito durante las elecciones, la transparencia de las encuestas, la transparencia de la información pública y los centros de votación cercanos a comunidades indígenas y campesinas.
Asimismo recuerdan que los caminos rurales a nivel país siguen estando en malas condiciones, lo que dificulta el acceso a los puntos de votación. Además, recuerdan que solo se puede ser miembro de mesa cuando uno pertenece a un determinado partido.
Entre otras cosas, las organizaciones sostienen que otro factor que no favorece la participación electoral de la ciudadanía es la falta de idoneidad de los candidatos y los malos manejos administrativos de muchas autoridades electas, así como el manejo discrecional de la normativa electoral por parte de la autoridad de aplicación y de la ley de financiamiento político.
Las organizaciones civiles sostienen que corresponde el rechazo de este proyecto de ley por parte de la Cámara de Diputados y que, posteriormente, el Senado revea su postura al respecto.
Señalan que no se puede decretar la “muerte civil” como normativa para la promoción a la participación política.