El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) y la organización Tecnología y Comunidad presentarán este lunes una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado paraguayo, por la falta de acceso a la Justicia, discriminación y falta de independencia judicial en el caso de Belén Whittingslow.
En ese sentido, señalan que la víctima, además de ser acosada sexualmente por una posición de poder, fue re victimizada por el sistema de Justicia paraguayo, ya que no se le respetaron las garantías del debido proceso y el acceso a la Justicia en el proceso por acoso sexual que inició.
Asimismo, indican que le fue denegada la pericia de su celular como prueba del acoso sexual y conexión con los demás procesos posteriores y el mismo fue desestimado con base en argumentos discriminatorios.
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De igual manera, mencionan que la joven fue involucrada en un proceso penal por la presunta compra de notas universitarias en la Universidad Católica de Asunción, sin que existieran pruebas en su contra.
“Le cancelaron la defensa y fue declarada en rebeldía, ordenada su captura y le fue retirado el acceso a los expedientes de su causa, por razones anejas a las establecidas en la ley”, sostienen.
Entre otras cosas, exponen que la mujer fue involucrada en dos procesos judicial en su contra, que continúan hasta la fecha, como imputada por producción de documento no auténtico y como demandada en el ámbito civil por parte del supuesto agresor, quien reclama el pago de USD 450.000 por daños y perjuicios.
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“Al ser ordenada su captura de manera injusta, Belén se vio obligada a pedir refugio en un país vecino”, afirman.
Finalmente, expresan que el caso refleja la situación de la violencia de género, discriminación, estigmatización y falta de acceso a la Justicia que sufren las mujeres que buscan justicia y reparación en la región, por ello creen que es fundamental que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
La denuncia contra Kriskovich, quien integra el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), órgano encargado de sancionar a jueces y fiscales, fue desestimada en el año 2015.
El también miembro del Consejo de la Magistratura había ratificado su inocencia y dicho que la denuncia obedecía a un intento para desestimar la otra causa por compra de notas.
También sostuvo que la demanda por daños y perjuicios se debió a que su ex alumna insistía en el hecho de acoso sexual, cuando que la causa ya fue desestimada.
El abogado expresó que la joven presentó impresiones de Word sobre las conversaciones que supuestamente mantuvieron a través de Whatsapp, pero que nunca se exhibió el celular como prueba, cuando tenía que haber estado en la carpeta fiscal.
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El 17 de abril de 2015 el fiscal Fabián Centurión dispuso fecha para la pericia informática y designó un perito, pero se dejó sin efecto su resolución, sin que se realizara la pericia, y se desestimó la denuncia.
La denuncia se basó en unos 1.600 mensajes que supuestamente envió el denunciado a la joven, en los que le pedía mantener relaciones sexuales.
El abogado de la joven, Juan Martin Barba, había expresado que más de cuatro fiscales fueron cambiados en la causa y que cuando se acercaba la fecha del peritaje de los teléfonos, sorpresivamente el fiscal Fabián Centurión desestimó la denuncia.
No obstante, en la sentencia quedó en claro que el profesor admitía que “galanteó y cortejó” a su alumna, mientras estaba casado.