En el marco de la sanción impuesta contra Horacio Cartes, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de EEUU castigó a cuatro empresas del grupo empresarial del ex jefe de Estado, las cuales son Bebidas USA, Tabacos USA, Frigorífico Chajhá SA y Dominica Acquisition.
Con la medida del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, que condiciona a los ciudadanos y empresas de aquel país, tanto Cartes como las cuatro citadas empresas fueron sujetos de bloqueo para la utilización, de cualquier manera, del sistema financiero estadounidense.
Sin embargo, fuentes de la Embajada de EEUU aclararon que la sanción puede alcanzar a otras de las firmas del grupo, para lo cual se deben realizar minuciosos análisis respecto a la participación de Cartes en cada una de ellas. “Nombramos (Gobierno estadounidense) cuatro empresas específicas, pero hay muchas empresas que son parte del Grupo Cartes (...) hay que investigar la documentación, los documentos de formación por ejemplo, las acciones y todo. Es posible (que más empresas se sumen a listado OFAC)”, manifestaron.
Los representantes diplomáticos señalaron que los mencionados análisis forman parte de lo que se conoce como la debida diligencia y recordaron que la clave de todo es la participación accionaria, ya que lo que no está permitido es que Cartes, al ser una persona que forma parte de la “lista negra” de la Oficina de Control de Activos Extranjeros, sea dueño de 50% o más de cualquier compañía, de forma directa o indirecta.
Inclusive, mencionaron que se deben controlar futuras empresas que puedan surgir. “Si hay una nueva empresa que será fundada en 2024, por ejemplo, y Cartes todavía está en lista y tiene 50% (de propiedad), estas acciones (el castigo de OFAC) se aplicarán”, subrayaron.
indirecto. Ante consultas sobre qué se considera una participación indirecta, desde la Embajada explicaron que un individuo enlistado por OFAC tampoco puede ser dueño de acciones en otras firmas que, en su conjunto, resulten en una participación de 50% o más en una empresa. Como ejemplo, se señaló que si una empresa B y una empresa C poseen un 50% de acciones de una empresa A, y una persona enlistada por OFAC es el dueño de las empresas B y C, la empresa A pasa automáticamente a estar bloqueada para el sistema estadounidense.
Otro punto resaltado es que son “especialmente” los bancos y otros intermediarios financieros los que se encuentran obligados a analizar cada detalle de sus clientes y operaciones, para estar seguros de que no se está vulnerando lo dispuesto por el Gobierno de EEUU. “Los intermediarios financieros deben determinar cuántas acciones tienen algunas personas en estas empresas y ellos pueden determinar si sus acciones dentro del sistema financiero de los EEUU cumplen con las reglas de OFAC”, expresaron.
Operaciones de salida no deben ser ficticias
La sanción de OFAC contra Horacio Cartes generó que el Grupo Cartes anunciara el retiro del ex jefe de Estado de las empresas del bloque, pero solo este movimiento no es suficiente para que las firmas dejen de ser sujetas a escrutinios para determinar si el ex presidente mantiene intereses en cada una de las compañías, comentaron desde la Embajada de los EEUU. Si bien los bloqueos no rigen para empresas en las cuales una persona enlistada tiene una participación accionaria menor a 50%, esto no es suficiente para determinar si una firma está habilitada para operar con o a través del sistema financiero estadounidense. Las fuentes diplomáticas señalaron que es importante comprobar que no se realicen operaciones “ficticias” en lo referente a traspasos de propiedad.