La medida obedece al peligro que representa el encandilamiento sobre las rutas nacionales, según explicó a Última Hora, Luis Christ, director de la Patrulla Caminera.
El Artículo 52 de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial establece un máximo de dos luces adicionales como permitidas para la circulación en las rutas nacionales. Además, la normativa establece que estas deben estar cubiertas.
“Nosotros vamos a advertir una primera vez. Esta amonestación quedará registrada en el sistema. Entonces, si volvemos a parar a alguien por no tener tapadas las luces adiciones, llámese led, reflectores; esta persona será sancionada”, dijo Luis Christ a Última Hora.
El director de la Patrulla Caminera explicó que las luces adicionales solo están permitidas en ramales, caminos vecinales, entre otros. Sin embargo, en las rutas nacionales solo se pueden utilizar las luces de fábrica.
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Luis Christ explicó que, tras la primera y segunda advertencia, aquella persona que incumpla con la ley, será citada para una charla obligatoria y, de no acudir, es pasible de multas y de la cancelación de su licencia de conducir.
El jefe de la Patrulla Caminera explicó que las luces adicionales son consideradas los buscahuellas, reflectores y barras, sin importar si estas son o no del sistema led.
Las multas establecidas para este caso son: G. 487.515 por superar la cantidad de luces adicionales permitidas y G. 406.260 por no tener tapados estos artefactos.
La Patrulla Caminera ya inició la campaña de educación al respecto y los reincidentes serán sancionados.